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Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el marco de lo dispuesto en el D.U. N° 063-2020

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el marco de lo dispuesto en el D.U. N° 063-2020

Resolución de Presidencia

Nº 079-2020-IPEN-PRES

San Borja, 15 de Julio de 2020

VISTOS: El Decreto de Urgencia Nº 063-2020 que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia de la COVID-19; y, el Memorando Nº D000188-2020-IPEN-REHU de la Unidad de Recursos Humanos; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020 tiene por objeto reducir de manera temporal, por un periodo de tres (03) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19);

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020 autoriza la reducción, de la remuneración del Presidente de la República y de los ingresos mensuales provenientes de su cargo de los funcionarios y servidores públicos durante los meses de junio, julio y agosto del 2020; asimismo el mencionado dispositivo señala el ámbito de aplicación y los porcentajes a aplicar;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 070-2020, mediante el cual se establecen disposiciones para la implementación de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, señalando que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se realicen en el marco de la presente disposición habilitan únicamente la partida de gasto 2.4.1.3.1.1 “A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”, en la Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus;

Que, mediante Memorando Nº D000188-2020-IPEN-REHU la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, señala que en aplicación de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, se ha realizado la reducción de remuneraciones por los meses de junio, julio y agosto por un monto de S/ 4 680,00 (CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES);

Que, con Informe Nº D000009-2020-IPEN-PRTO la Unidad de Presupuesto informa que de acuerdo a las disposiciones emitidas por el gobierno, se ha realizado la modificación presupuestaria y se ha emitido el CCP 00336-2020 con el importe de S/ 4,680.00 (CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES) para la transferencia financiera correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 063-2020 y la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 070-2020;

Con los vistos del Gerente General; de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) por la suma de S/ 4 680.00 (CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020.

Artículo Segundo.- La transferencia señalada en el artículo precedente, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 220 Instituto Peruano de Energía Nuclear. Actividad 5006269, Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto: 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios.

Artículo Tercero.- Los recursos de la transferencia financiera autorizados en el Artículo Primero de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos

Artículo Cuarto.- Disponer que la Oficina de Administración quede encargada de las acciones correspondientes al cumplimiento de la transferencia financiera autorizada.

Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web institucional, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles de haber sido expedida.

Regístrese y comuníquese.

SUSANA MARGARITA PETRICK CASAGRANDE

Presidente

1874249-1