Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a la contratación de la Sociedad de Auditoría Externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2020
resolución ministerial
N° 147-2020-MIMP
Lima, 31 de julio de 2020
Vistos, el Informe N° D000008-2020-MIMP-OGA-MCG y el Memorándum N° D000164-2020-MIMP-OGA de la Oficina General de Administración, el Informe N° D000327-2020-MIMP-OPR de la Oficina de Presupuesto, el Memorándum
N° D000553-2020-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° D000141-2020-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatorias, señala, entre otros aspectos, que las sociedades de auditoría son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; asimismo, indica que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de aquella, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; y, además, precisa que las citadas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que, entre otras, las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
Que, en el Anexo de la mencionada Resolución, en el extremo correspondiente a los Ministerios, se establece que al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables se auditará los periodos 2019 y 2020, con una retribución económica de S/ 636, 060.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SESENTA Y 00/100 SOLES) y 6% del servicio de designación y supervisión de auditoría, lo que hace un total de S/ 668, 402.03 (SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROSCIENTOS DOS Y 03/100 SOLES);
Que, con Oficio N° 002252-2019-CG/DC, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables efectúe la Transferencia Financiera para el Período a Auditar 2019 y el pago del 6% del Derecho de Designación o Supervisión;
Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 326-2019-MIMP y N° 021-2020-MIMP se aprueban las Transferencias Financieras, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 y 2020, respectivamente, del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por las sumas de S/ 191,357.03 (CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 03/100 SOLES) y de S/ 159,015.00 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINCE Y 00/100 SOLES, respectivamente, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinado a la contratación de la Sociedad de Auditoría Externa para la auditoría correspondiente al ejercicio 2019;
Que, a través del Oficio N° 000520-2020-CG/DC, la Contraloría General de la República, señala entre otros, que considerando los plazos establecidos con la Sociedad de Auditoría designada para efectuar la auditoría de los estados financieros del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, está por suscribirse el contrato para la auditoría del período 2020, por lo que solicita se efectúe la transferencia financiera de recursos por el 100% de la retribución económica para dicho período, conforme a lo indicando en el cuadro que anexa, en el cual consigna el monto de S/ 318,030.00 (TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL TREINTA Y 00/100 SOLES);
Que, con Memorándum N° D000164-2020-MIMP-OGA la Oficina General de Administración hace suyo el Informe N° D000008-2020-MIMP-OGA-MCG, por el cual sustenta la transferencia financiera por el monto de S/ 318,030.00 (TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL TREINTA Y 00/100 SOLES) a favor de la Contraloría General de la República, solicitando se gestione la misma, a través de la Resolución de la Titular del Pliego, para lo cual adjunta el proyecto de resolución respectivo;
Que, mediante Memorándum N° D000553-2020-MIMP-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000327-2020-MIMP-OPR de la Oficina de Presupuesto, por el cual se indica que dentro del ámbito de su competencia funcional, no encuentra inconveniente en materia presupuestal a la propuesta del proyecto de Resolución Ministerial, que tiene por finalidad autorizar una transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por lo que emite la correspondiente disponibilidad presupuestal hasta por el importe de S/ 318,030.00, (TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL TREINTA Y 00/100 SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Específica de Gasto 2.4.1.3.1.1: A Otras Unidades del Gobierno Nacional, destinados a la contratación de la Sociedad de Auditoría Externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2020, dado que se cuenta con el marco presupuestal disponible de acuerdo a la Meta Presupuestaria 0073–Administración General señalada en el Cuadro N° 01 de su Informe;
Que, mediante Informe N° D000141-2020-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, indica que en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la unidad orgánica y los órganos competentes de la entidad, estima procedente la emisión de la presente resolución;
Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatorias; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatoria; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de S/ 318,030.00 (TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL TREINTA Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinado a la contratación de la Sociedad de Auditoría Externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2020.
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables–Administración Nivel Central, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gastos 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Meta: 0073, Específica de Gasto 2.4.1.3.1.1: “Otras unidades del gobierno nacional”, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Acciones Administrativas
La Oficina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Publicación
Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
1874799-2