Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Ticlacayán, provincia y departamento de Pasco
Resolución N° 0193-2020-JNE
Expedientes Acumulados N°s JNE.2020028584 y
JNE.2020028590
TICLACAYÁN–PASCO–PASCO
CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO
PROCLAMADO
Lima, veinte de julio de dos mil veinte
VISTAS el Acta de Defunción, de fecha 2 de julio de 2020, correspondiente a Carlos Alberto Valqui Matos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ticlacayán, provincia y departamento de Pasco; así como la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por el gerente municipal de la mencionada comuna, debido a que se declaró la vacancia del referido burgomaestre, por la causal de muerte, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ANTECEDENTES
Mediante el Memorando N° 0296-2020-SG/JNE, de fecha 16 de julio de 2020, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones solicitó la generación de un expediente de convocatoria de candidato no proclamado, con la finalidad de dar trámite a la vacancia de Carlos Alberto Valqui Matos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ticlacayán, provincia y departamento de Pasco, por la causal de muerte, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Por consiguiente, se originó el Expediente N° JNE.2020028584.
Dicho pedido se debió a que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) remitió el Acta de Defunción del referido alcalde, de fecha 2 de julio de 2020, la cual fue solicitada por este organismo electoral al tomar conocimiento de su fallecimiento.
Por otra parte, a través de la Carta N° 020-2020-MDT-GM, recibida el 17 de julio de 2020, el gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Ticlacayán remitió el expediente del procedimiento de vacancia en el cargo de alcalde de Carlos Alberto Valqui Matos, y solicitó que se convoque a los suplentes que correspondan a fin de completar el citado concejo para el periodo de gobierno 2019-2022. En consecuencia, se originó el Expediente N° JNE.2020028590.
En la precitada carta, se comunicó que, en la sesión extraordinaria de concejo, del 25 de junio de 2020, formalizada en el Acuerdo de Concejo N° 003-2020-MDT/E, de la misma fecha, el Concejo Distrital de Ticlacayán, provincia y departamento de Pasco, declaró la vacancia de Carlos Alberto Valqui Matos en el cargo de alcalde, por la causal de muerte, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM.
CONSIDERANDOS
Cuestión previa
1. De acuerdo con lo señalado en los antecedentes de la presente resolución, se han generado dos expedientes jurisdiccionales de convocatoria de candidato no proclamado vinculados a la vacancia de Carlos Alberto Valqui Matos, en su calidad de alcalde de la Municipalidad Distrital de Ticlacayán, debido a su fallecimiento.
2. En ese sentido, dado que existe identidad de sujeto, hechos y pretensión, en aplicación de los principios de economía y celeridad procesal, este órgano colegiado considera que corresponde la acumulación de los Expedientes N.os JNE.2020028584 y JNE.2020028590, a fin de emitir un único pronunciamiento.
Análisis del caso concreto
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23, de la LOM, el correspondiente concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros.
4. En este caso, el citado concejo edil, por unanimidad, declaró la vacancia del alcalde Carlos Alberto Valqui Matos en la sesión extraordinaria de concejo del 25 de junio de 2020, que se formalizó en el Acuerdo de Concejo N° 003-2020-MDT/E, debido a su fallecimiento, lo cual se encuentra acreditado en el Acta de Defunción, de fecha 2 de julio de 2020.
5. En tal sentido, conforme lo dispone el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia del alcalde, este es reemplazado por el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, por lo que corresponde convocar a Hipólito Javier Torres Salcedo, identificado con DNI N° 04021741, para que asuma inmediatamente las funciones de alcalde de la Municipalidad Distrital de Ticlacayán, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022.
6. Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 24, numeral 2, de la LOM, corresponde convocar a Yanet Elsa Mayta Colqui, identificada con DNI N° 47827895, candidata no proclamada hábil de la organización política Podemos por el Progreso del Perú, para que asuma el cargo de regidora del referido concejo municipal, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Pasco, con motivo de las Elecciones Municipales 2018.
7. La notificación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario oficial El Peruano.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- ACUMULAR los Expedientes N.os JNE.2020028584 y JNE.2020028590.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Carlos Alberto Valqui Matos, en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Ticlacayán, provincia y departamento de Pasco, emitida con motivo de las Elecciones Municipales 2018.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Hipólito Javier Torres Salcedo, identificado con DNI N° 04021741, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Ticlacayán, provincia y departamento de Pasco, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo acredite como tal.
Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Yanet Elsa Mayta Colqui, identificada con DNI N° 47827895, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Ticlacayán, provincia y departamento de Pasco, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la acredite como tal.
Artículo Quinto.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones <www.jne.gob.pe>.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHÁVARRY CORREA
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Concha Moscoso
Secretaria General
1873890-1