Fe de erratas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 184-2020-MINEM/DM
Mediante Oficio Nº 559-2020-MINEM/SG, el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 184-2020-MINEM/DM, publicada en la edición extraordinaria del día jueves 23 de julio de 2020, en las páginas 2-3.
En la parte resolutiva
DICE:
“Artículo 2.- Establecer un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Formalización Minera, sito en Avenida De Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; o, vía electrónica a la siguiente dirección de correo electrónico: prepublicacionesdgaah@minem.gob.pe”.
DEBE DECIR:
“Artículo 2.- Establecer un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, sito en Avenida De Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; o, vía electrónica a la siguiente dirección de correo electrónico: prepublicacionesdgaah@minem.gob.pe”.
1873804-1