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Cancelan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas

Cancelan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas

Resolución SBS Nº 1763-2020

Lima, 3 de julio de 2020

El Secretario General

VISTA:

La solicitud presentada por el señor Roberto Javier Almandoz Lara, respecto a la cancelación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Persona, con matrícula G-0160; y,

CONSIDERANDO:

Que, el señor Roberto Javier Almandoz Lara, solicita la cancelación de su inscripción en el Registro por las razones expuestas en la comunicación que obra en su expediente;

Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos por el artículo 22º del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019, y en el procedimiento Nº 150 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018;

Estando a lo opinado por el Departamento de Registros; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modificatorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Cancelar la inscripción del señor Roberto Javier Almandoz Lara con matrícula G-0160, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas: Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Persona; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La cancelación del registro a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución no exime al señor Roberto Javier Almandoz Lara del cumplimiento de las obligaciones que haya contraído con terceros, con anterioridad a la fecha de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MELGAR ROMARIONI

Secretario General

1873267-1