Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban la Transferencia del Proyecto de Inversión Pública: Puesta en valor del atractivo turístico del puerto de Tahuishco - Moyobamba Provincia de Moyobamba - Región San Martín a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba

Aprueban la Transferencia del Proyecto de Inversión Pública: “Puesta en valor del atractivo turístico del puerto de Tahuishco - Moyobamba, Provincia de Moyobamba - Región San Martín”, a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba

ACUERDO REGIONAL

Nº 010-2020-GRSM/CR

Moyobamba, 9 de marzo de 2020

El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;

Que, los Gobiernos Regionales son competentes para administrar sus bienes y rentas; siendo atribuciones del Consejo Regional autorizar la transferencia de sus bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9º literal c) y artículo 15º literal i) de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, para el caso de transferencias de infraestructura y otros componentes de inversión pública ejecutados y/o financiados por el Pliego 459 GORESAM, que se realicen a otros pliegos presupuestales, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1332-2012-GRSM/PGR de fecha 19 de diciembre del año 2012, se aprobó la Directiva Nº 002-2012-GRSM/GRI denominada “NORMAS PARA TRANSFERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y OTROS COMPONENTES DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA EJECUTADOS POR EL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN”, que contiene los lineamientos que deberán de seguir estrictamente tanto el Gobierno Regional de San Martín como sus Unidades Ejecutoras para la transferencia en propiedad de obras de infraestructura a entidades receptoras, quienes en función de dichas transferencias se encargarán de usufructuar y administrar dichos bienes en su calidad de propietarios, en concordancia a los lineamiento de la Ley Nº 27783 -Ley de Bases de la Descentralización;

Que, dicho marco normativo permite que la entrega y traslación de dominio de propiedad, valor financiero y acervo documentario de la Obra Civil y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública ejecutados y/o financiados por las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional de San Martín, a favor de Entidades Receptoras, tenga por objetivo que ésta la incorpore a su patrimonio con la finalidad que continúe o asuma la gestión de la fase de operación y mantenimiento del respectivo Proyecto de Inversión;

Que, mediante Carta Nº177-2020-GRSM/GRI, de fecha 26 de Febrero de 2020, el Gerente Regional de Infraestructura remitió al Econ. Orlando Walter Ampudia Matos, en su condición de Presidente de la Comisión de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública del Gobierno Regional de San Martín, el expediente de Transferencia de Proyecto de Inversión Pública “Pública “Puesta en valor del atractivo turístico del puerto de Tahuishco – Moyobamba, Provincia de Moyobamba – Región San Martín”, a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba;

Que, mediante Acta de fecha 02 de Marzo de 2020, los miembros de la “Comisión de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública “ U.E. 001-0921 REGION SAN MARTIN – SEDE CENTRAL, otorgan opinión favorable para la continuidad de la transferencia de Infraestructura “Pública “Puesta en valor del atractivo turístico del puerto de Tahuishco – Moyobamba, Provincia de Moyobamba – Región San Martín”, en el marco de la Directiva Nº 002-2012-GRSM/GRI;

Que, mediante Informe Legal Nº 142-2020-GRSM/ORAL, de fecha 04 de Marzo de 2020 la Oficina Regional de Asesoría Legal, Opina Favorablemente por la emisión de un Acuerdo Regional apruebe la Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes del Proyecto de Inversión Pública “Pública “Puesta en valor del atractivo turístico del puerto de Tahuishco – Moyobamba, Provincia de Moyobamba – Región San Martín”;

Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; el artículo 15º literal a) de la norma señalada, es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional; para tal efecto, dicta Ordenanzas y Acuerdo Consejo Regional, conforme lo dispone el artículo 37º literal a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por las Leyes Nº 27902 y Nº 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos de interés público, ciudadano o institucional

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada en el Auditorio de la Municipalidad Provincia del Picota, llevado a cabo el día Lunes 9 de Marzo del 2020, aprobó por Mayoría la siguiente:

ACUERDO REGIONAL:

Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia del Proyecto de Inversión Pública: “Puesta en valor del atractivo turístico del puerto de Tahuishco – Moyobamba, Provincia de Moyobamba – Región San Martín”, a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba;

Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador Regional de San Martín disponer las acciones administrativas para la implementación del presente Acuerdo Regional, derivándosele el expediente administrativo correspondiente.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el diario Oficial Regional.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional de san Martin realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín.

Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

LUIS ALFREDO ALVÁN PEÑA

Presidente del Consejo Regional de San Martín

1873203-1