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Autorizan transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República

Autorizan transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 065-2020-COFOPRI/DE

Lima, 23 de julio de 2020

VISTOS:

El Informe Nº 069-2020-COFOPRI/OPP del 22 de julio de 2020, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 250-2020-COFOPRI/OAJ del 23 de julio de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI;

Que, el tercer párrafo del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 803, modificado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, en concordancia con el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal — COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de la Entidad quien ejercerá la titularidad del pliego presupuestal;

Que, por Resolución Directoral Nº 154-2019-COFOPRI/DE del 27 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 211:Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, para el Año Fiscal 2020;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; disponiendo que la citada Resolución se publique en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG del 22 de octubre de 2019, se aprobó el Tarifario que establece el monto por retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a favor de la Contraloría General de la República;

Que, con el Oficio Nº 000919-2019-CG/SGE del 06 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República solicita al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI efectúe la transferencia financiera para el periodo auditado 2019, a fin de cubrir los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría;

Que, a través de la Resolución Directoral Nº 131-2019-COFOPRI/DE del 22 de noviembre de 2019, se aprobó la primera transferencia financiera de S/ 41 331,00, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 211 COFOPRI, a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente al 50% de la retribución económica destinado a la contratación de la sociedad auditora externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2019;

Que, mediante documento de vistos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, informa que se dispone de los recursos necesarios en la secuencia funcional “0118” de la actividad “5000003 Gestión Administrativa”, para efectuar una transferencia financiera del 50% restante de la retribución económica destinada a la contratación de la sociedad auditora externa, a favor del Pliego 019: Contraloría General, por la suma de S/ 41 331 (Cuarenta y un mil trescientos treinta y uno con 00/100 soles) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;

Que, con el visado de Gerencia General, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 803 y modificatorias; Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modificatorias; Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones; Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la transferencia financiera del Pliego 211:Organismo de Formalización de la Propiedad Informal hasta por la suma de S/ 41 331,00 (Cuarenta y un mil trescientos treinta y uno con 00/100 soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y su modificatoria.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 211:Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, en la Fuente de Financiamiento 1:Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, Programa 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad: 5000003 Gestión Administrativa, Meta: 0118, específicas del gasto: 2.4.1 3.1.1 “A Otras Unidades del Gobierno Nacional” por la suma de S/ 41 331,00 (Cuarenta y un mil trescientos treinta y uno con 00/100 soles).

Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Directoral no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación y difusión

Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI (www.cofopri.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CESAR ROBERTO FIGUEREDO MUÑOZ

Director Ejecutivo

1873298-1