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Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a universidades privadas

Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a universidades privadas

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº 074-2020-CONCYTEC-P

Lima, 22 de julio de 2020

VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 026-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 059-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el Decreto Legislativo N° 1473, Decreto Legislativo que establece disposiciones especiales que regulan las transferencias financieras u otorgamiento de subvenciones para el cofinanciamiento de programas o proyectos en el marco de la Convocatoria del Esquema Financiero 067-2020-01 denominado “Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19”, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 3 de mayo de 2020, autoriza, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2020, al CONCYTEC a realizar transferencias ?nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, incluidas las universidades públicas, u otorgar subvenciones a favor de universidades privadas para el co?nanciamiento de programas o proyectos que resulten ganadores de la Convocatoria del Esquema Financiero E067-2020-01 denominado “Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19” y sus modalidades;

Que, asimismo, dicho Decreto Legislativo dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del/la Titular del Pliego CONCYTEC, previo informe de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cienti?fico, Tecnolo?gico y de Innovacio?n Tecnolo?gica – FONDECYT, de la Oficina de Presupuesto y de la Oficina de Asesori?a Juri?dica o las que hagan sus veces en el Pliego, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano y se realizan sin contar con la previa suscripción del convenio respectivo entre el FONDECYT y las entidades públicas o universidades privadas, debiendo suscribirse los convenios correspondientes en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario posteriores a la culminación del Estado de Emergencia Nacional establecido mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y las normas que lo prorrogan, o un (1) mes antes de que concluya el programa o proyecto de investigación que se co?nancia lo que ocurra primero;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, modificada mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P de fecha 21 de mayo de 2019 y 038-2020-CONCYTEC-P de fecha 13 de mayo de 2020;

Que, el numeral 7.2 de la Directiva, modificado a través del Artículo 1 de la Resolución de Presidencia Nº 038-2020-CONCYTEC-P de fecha 13 de mayo de 2020, establece en la Segunda Disposición Complementaria Final un procedimiento para la ejecución de las transferencias financieras u otorgamiento de subvenciones para el cofinanciamiento de programas o proyectos en el marco del Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1473, de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, incluidas las universidades públicas, así como las universidades privadas;

Que, los literales b) y c) del numeral 7.2 de la Directiva, señalan que corresponde a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, validar el Plan Operativo de cada uno de los Proyectos de Investigación ganadores de la Convocatoria, para cuyo efecto realiza las coordinaciones con los subvencionados beneficiarios, así como solicitar la certificación presupuestal correspondiente;

Que, el literal d) del numeral 7.2 de la Directiva, señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto evalúa y aprueba la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario. Asimismo, el literal e) del citado numeral, establece que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica serán los responsables de elaborar y suscribir el Informe Técnico – Legal que sustenta la transferencia financiera y/o el otorgamiento de subvención, al cual se adjuntará el proyecto de Resolución de Presidencia elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, siendo los montos considerados en el Informe Técnico - Legal los indicados por la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT;

Que, mediante el Proveído Nº 059-2020-FONDECYT-DE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita se apruebe las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a universidades privadas por un importe total ascendente a S/ 317,404.82 (Trescientos Diecisiete Mil Cuatrocientos Cuatro y 82/100 Soles), señalando que permitirá cofinanciar los proyectos declarados beneficiarios del concurso del Esquema Financiero E067-2020-01 denominado “Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19”, para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 026-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a universidades privadas, para el desarrollo de los proyectos señalados en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta los Certificados de Crédito Presupuestario N° 888-2020, 889-2020, 890-2020, 894-2020, 895-2020, 898-2020, 899-2020, 902-2020, 903-2020, 904-2020, 905-2020 y 907-2020, y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 032-2020-FONDECYT-DE, que aprueba el listado de beneficiarios del concurso del citado esquema financiero;

Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo verificado el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP y modificatorias, en las bases del concurso, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos afines, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar los desembolsos solicitados en el mencionado Informe Técnico Legal;

Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT y el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC cumplen con el informe favorable requerido por el citado Decreto Legislativo N° 1473;

Que, finalmente, mediante el citado Informe Técnico Legal, los responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a universidades privadas, para cofinanciar los proyectos citados en el Informe Técnico Legal mencionado;

Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, del Director Ejecutivo y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley N° 30806, Ley que Modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, y sus modificatorias efectuadas mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P, y la Resolución de Presidencia N° 116-2018-CONCYTEC-P;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a universidades privadas, por la suma total de S/ 317,404.82 (Trescientos Diecisiete Mil Cuatrocientos Cuatro y 82/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) del Decreto Legislativo N° 1473, Decreto Legislativo que establece disposiciones especiales que regulan las transferencias financieras u otorgamiento de subvenciones para el cofinanciamiento de programas o proyectos en el marco de la Convocatoria del Esquema Financiero 067-2020-01 denominado “Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19”, conforme a lo siguiente:

N°

Tipo

Proyecto

Denominación

Entidad

N° de Convenio

Monto Total del desembolso en Soles

S/

1

Transferencias financieras

Proyecto

Desarrollo y validación de una prueba molecular portable y colorimétrica para el diagnóstico rápido de infecciones por el virus SARS-CoV 2 (COVID-19)

Instituto Nacional de Salud

034-2020

30,000.00

2

Proyecto

Sistema digital de información en salud en el Perú como herramienta para la toma de decisiones en la pandemia de COVID-19

Seguro Integral de Salud

036-2020

14,800.00

3

Transferencias financieras

Proyecto

Diseñando y validando una red de Colaboración de brigadistas Voluntarios para la Investigación, Detección y manejo primario de casos comunitarios Afectados por COVID-19 severo (Proyecto COVIDA)

Universidad Nacional Mayor de San Marcos

037-2020

15,000.00

4

Proyecto

Validación de un prototipo de esterilización rápido y efectivo basado en Ozonización para unidades de ambulancias y camillas de aislamiento, utilizados en el traslado de pacientes infectados con SARS-

Universidad Nacional Agraria La Molina

038-2020

19,999.82

5

Proyecto

Prototipo de videolaringoscopio encapsulada a bajo costo

Universidad Nacional de San Agustín

039-2020

16,000.00

6

Proyecto

Indumentaria con protección al COVID 19 usando textiles funcionalizados con nanopartículas

Universidad Nacional de Ingeniería

040-2020

20,000.00

7

Proyecto

Caracterizando al COVID-19: Herramienta de análisis de datos de pacientes del COVID-19

Pontificia Universidad Católica del Perú

035-2020

15,000.00

8

Proyecto

Ventilador mecánico para adultos con funcionalidades para atender pacientes con COVID-19

Pontificia Universidad Católica del Perú

041-2020

20,000.00

9

Subvenciones a universidades privadas

Proyecto

Desarrollo y validación de una prueba rápida molecular para la detección de SARS-CoV-2 empleado el método isotérmico RPA-LF (Recombinase Polymerase Amplification)

Universidad Peruana Cayetano Heredia

045-2020

21,619.00

10

Proyecto

Adaptación de un aplicativo móvil para el monitoreo y tamizaje poblacional de COVID-19 en Loreto

Universidad Peruana Cayetano Heredia

047-2020

14,986.00

11

Proyecto

Adaptación y personalización de un sensor SPRartesanaloperativo de bajo costo, para la detección rápida, altamente sensible y específica del virus SARS-CoV-2

Universidad Peruana Cayetano Heredia

049-2020

30,000.00

12

Proyecto

Respiradores quirúrgicos anticovid-19 para uso de personal de salud

Centro de Investigaciones Tecnológicas, Biomédicas y Medioambientales -CITBM

058-2020

100,000.00

TOTAL

317,404.82

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Oficina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO

Presidenta

Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e

Innovación Tecnológica

CONCYTEC

1873157-1