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Aprueban la desagregación de los recursos autorizados mediante el D.S. N° 194-2020-EF en el Presupuesto Institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa para el Año Fiscal 2020

Aprueban la desagregación de los recursos autorizados mediante el D.S. N° 194-2020-EF, en el Presupuesto Institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa, para el Año Fiscal 2020

Resolución Ministerial

Nº 0411-2020-DE/SG

Jesús María, 23 de julio del 2020

VISTOS:

El Informe Nº 242-2020-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP, del 22 de julio de 2020 de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 693-2020-MINDEF/SG-OGAJ del 22 de julio de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, el cual incluye los recursos presupuestarios del Pliego 026 Ministerio de Defensa; por lo que, a través de la Resolución Ministerial Nº 1947-2019-DE/SG, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2020 del Pliego 026 Ministerio de Defensa, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Tipo de Transacción y Genérica del Gasto;

Que, el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto de Urgencia, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, el citado numeral establece que las referidas modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, señalando además que dichos recursos se destinan, únicamente para financiar las transferencias financieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial – CPMP. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular, del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, según corresponda y se publican en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 194-2020-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de julio de 2020, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por el importe de CIENTO SESENTA Y UN MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 161 150 860,00), destinados a financiar el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial;

Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo establece que el Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del Decreto Supremo en mención, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de su vigencia;

Que, el artículo 3 del citado Decreto Supremo, establece que el Pliego 026 Ministerio de Defensa no podrá destinar, bajo responsabilidad, los recursos de la Transferencia de Partidas para fines distintos para los cuales son transferidos;

Que, mediante el Informe de vistos, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, en atención a los dispositivos antes referidos, propone la desagregación de la Transferencia de Partidas a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas, por el importe CIENTO SESENTA Y UN MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 161 150 860,00), así como la autorización para realizar la transferencia financiera correspondiente a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) para el pago de obligaciones previsionales a favor de personal pensionista a cargo de esta;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto y con el visto de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; y, el Decreto Supremo Nº 194-2020-EF, que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor del Pliego Ministerio de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Desagregación de recursos

Apruébase la desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo Nº 194-2020-EF, en el Presupuesto Institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa, para el Año Fiscal 2020, hasta por el importe de CIENTO SESENTA Y UN MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 161 150 860,00), de acuerdo al siguiente detalle:

A LA En Soles S/

SECCION PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 26 : Ministerio de Defensa

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

UNIDAD EJECUTORA 009 : Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas

CATEGORIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos

PRODUCTO 3999999 : Sin Producto

ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales

GASTO CORRIENTE

2.5 Otros Gastos 161 150 860,00

---------------------

Subtotal UE 009 Oficina Previsional de las

Fuerzas Armadas 161 150 860,00

---------------------

TOTAL PLIEGO 026 161 150 860,00

Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria

La Dirección de Planeamiento y Presupuesto instruye a la Unidad Ejecutora 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requiere como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 3.- Autorización de transferencia financiera de recursos

Autorízase a la Unidad Ejecutora 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa, a realizar la transferencia financiera de recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) por el importe de CIENTO SESENTA Y UN MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 161 150 860,00) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional modificado (PIM) 2020, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y en la Genérica de Gasto 2.5 Otros Gastos, para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de obligaciones previsionales.

Artículo 4.- Presentación de la Resolución

Remítase copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, a la Unidad Ejecutora 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa; al Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, a la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, a la Dirección General de Administración y al Órgano de Control Institucional del Ministerio de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER MARTOS RUIZ

Ministro de Defensa

1872992-1