Aprueban el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora 2020
DECRETO DE ALCALDía
Nº 007-2020-A-MDMM
Magdalena del Mar, 10 de julio del 2020
EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR
VISTOS: El Memorando N° 166-2020-GDSGA-MDMM de la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, el Informe N° 031-2020-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 273-2020-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, para la aprobación del Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar – 2020, el Memorando N° 561-2020-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el articulo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 80° numeral 3) inciso 3.4 de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que una de las funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales es la de fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente;
Que, el artículo 115° numeral 115.2 de la Ley N°28611, Ley General del Ambiente, establece que los gobiernos locales son responsables de normar y controlar los ruidos y vibraciones originados por las actividades domésticas y comerciales, así como por las fuentes móviles, debiendo establecer la normativa respectiva sobre la base de los Estándares de Calidad Ambiental - ECA;
Que, el articulo 12° del Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, aprobado mediante el Decreto Supremo N°085-2003-PCM, establece que las municipalidades provinciales en coordinación con las municipalidades distritales, elaborarán planes de acción para la prevención y control de la contaminación sonora con el objetivo de establecer las políticas, estrategias y mediciones necesarias para no exceder los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental de Ruido. Estos planes deberán estar de acuerdo con los lineamientos que para tal fin apruebe el consejo Nacional del Ambiente – CONAM;
Que, el artículo 24° del citado Reglamento, establece que las Municipalidades distritales, sin perjuicio de las funciones legalmente asignadas, son competentes para implementar, en coordinación con las Municipalidades Provinciales, los planes de prevención y control de la contaminación sonora en su ámbito;
Que, en el artículo 8° numeral 3) de la Ordenanza N°1965-MML, Ordenanza Metropolitana para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora, señala que entre las funciones de las municipalidades distritales se encuentra la de elaborar el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora de su jurisdicción;
Que, el artículo 13° de la citada Ordenanza, señala que el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora, es el instrumento de control en materia de ruido ambiental que las municipalidades distritales utilizan para la prevención de la contaminación sonora. El programa se elabora de forma anual y se aprueba por Decreto de Alcaldía, debiéndose remitir una copia a la Municipalidad Metropolitana de Lima, hasta 31 de marzo de cada año;
Que, mediante Informe N° 031-2020-GPP-MDMM la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar – 2020; precisando, que previamente deben hacerse las correcciones respectivas;
Que, mediante Memorando N° 166-2020-GDSGA-MDMM la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar – 2020; precisando, que se realizaron las correcciones respectivas solicitadas por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorando N°xxx-2020-GPP-MDMM;
Que, mediante Informe N° 273-2020-GAJ-MDMM la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar – 2020;
Estando a lo expuesto, con opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 42° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora de la Municipalidad de Magdalena del Mar – 2020, documento que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental y demás órganos y unidades orgánicas competentes el cumplimiento del Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el distrito de Magdalena del Mar.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico la publicación del integro de este documento en el portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOMAGNO CHACON GOMEZ
Alcalde.
1871403-1