Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15

Prorrogan el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 211-2020-EF/15

Lima, 22 de julio del 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15, se conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de formular la estrategia con las medidas para la reanudación progresiva de actividades económicas en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA y del Estado de Emergencia Nacional dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, y sus prórrogas;

Que, el artículo 8 de la citada Resolución Ministerial establece que el Grupo de Trabajo tiene una vigencia de treinta (30) días hábiles contados a partir de su instalación;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 170-2020-EF/15, se prorrogó el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15, por treinta (30) días hábiles;

Que, conforme al acuerdo adoptado en la sesión del Grupo de Trabajo del día miércoles 22 de julio de 2020, la Secretaría Técnica del mencionado Grupo de Trabajo y por encargo del mismo, solicita la prórroga de su vigencia por treinta (30) días hábiles, a efectos de culminar las tareas asignadas al citado Grupo;

Que, en ese sentido, se estima conveniente prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144- 2020-EF/15, por treinta (30) días hábiles;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15, por treinta (30) días hábiles.

Artículo 2. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la Plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en los portales institucionales de los ministerios que integran el Grupo de Trabajo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

1872972-1