Disponen el embanderamiento general obligatorio de los inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 014-2020-MPL
Pueblo Libre, 30 de junio del 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO
LIBRE,
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194 de la Constitución Política del Estado concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el 28 de julio del 2020 se conmemora el Centésimo Nonagésimo Noveno Aniversario de la Independencia del Perú;
Que, para celebrar este acontecimiento, el gobierno Local debe incentivar y cultivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, así como el respeto, realce y exaltación de los Símbolos de la Patria;
ESTANDO A LO EXPUESTO Y EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 20 Y EL ARTÍCULO 43 DE LA LEY N° 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general obligatorio de los inmuebles del distrito de Pueblo Libre, desde el 01 al 31 de julio del 2020, con motivo de conmemorarse el Centésimo Nonagésimo Noveno Aniversario de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito de Pueblo Libre, la limpieza y el embellecimiento de las fachadas de sus predios, como muestra de respeto a nuestro Aniversario Patrio.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen institucional la difusión del presente Decreto y a la Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana, su observancia y cumplimiento.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO
Alcalde
1871786-1