Disponen el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios ubicados en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 007-2020/MDMP
Mi Perú, 7 de julio del 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
MI PERÚ
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”, lo cual concuerda con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; siendo que, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que, los Decretos de Alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, según el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa;
Que, el 28 de julio del presente año se celebra el Centésimo Nonagésimo Noveno Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú y siendo el deber del Gobierno Local destacar los acontecimientos cívicos de la patria, incentivando la participación de los vecinos, así como afirmando el respeto a los valores nacionales y símbolos patrios;
Estando a lo expuesto, contando con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de la Gerencia Municipal y de conformidad con lo establecido en el artículo 20º numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios ubicados en la jurisdicción del Distrito de Mi Perú, a partir del 15 y hasta el 31 de julio del 2020, con ocasión de celebrarse el Centésimo Nonagésimo Noveno Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, según los considerandos expuestos.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
AGUSTIN WILLIAMS SANTAMARIA VALDERA
Alcalde
1871239-1