Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Guatemala
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 066-2020-RE
Lima, 13 de julio de 2020
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 061-2020-RE, se dispuso el pase a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Amador Federico Velásquez García-Monterroso, el 16 de julio de 2020, por cumplir veinte años en la categoría;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declaró Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, se dispuso el cierre temporal de fronteras quedando suspendido el transporte internacional de pasajeros, por medio terrestre, aéreo, marítimo y fluvial; por lo que resulta necesario mantener íntegra la continuidad operativa de la Embajada del Perú en la República de Guatemala hasta la reanudación del transporte internacional de pasajeros;
De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
Estando a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; y la Primera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Guatemala al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Amador Federico Velásquez García-Monterroso, a partir del 16 de julio de 2020.
Artículo 2.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
GUSTAVO MEZA-CUADRA V.
Ministro de Relaciones Exteriores
1871077-10