Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana para el año 2020 del distrito de Santa Rosa
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 508-2020/MDSR
Santa Rosa, 24 de abril de 2020
VISTO:
El Informe Nº 088-2020-SGC/MDSR de Gerencia de Seguridad Ciudadana; el Acta de Aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana PADDSC 2020, sobre la Ratificación del “Plan De Seguridad Ciudadana de Santa Rosa 2020”
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por lo Ley Nº 30305 y el artículo II del Título Preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, señala que las Municipalidades brindan servicios de seguridad ciudadana, con la respectiva cooperación de la Policía Nacional, conforme a Ley;
Que, según el numeral 8) del artículo 09º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Nª 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas;
Que, el artículo 13º de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana - 27933 modificada por Ley Nº 30055 señala que “Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular planes, programas, proyectos y directiva de seguridad ciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política diseñada por CONASEC”,
Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, Decreto Supremo Nº 011-2014-lN, en su artículo 26º establece que los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana son una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital. Cuenta con una Secretaria Técnica. Por su parte el artículo 28ºdel mismo cuerpo legal establece que son funciones del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) además de las establecidas en la Ley Nº 27933 y su modificatoria la siguiente: a) Aprobar el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana (PLSC);
Que mediante el Acta de fecha 15 de abril del 2020 el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC), con el Quórum reglamentario de los señores integrantes del CODISEC, se aprobó el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Santa Rosa 2020.
Que, el artículo 30º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala, que como Secretaria Técnica del CODJSEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el órgano que haga sus veces, tiene las siguientes funciones: (. . .) e) Presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC para su ratificación mediante Ordenanza Municipal (...);
Que, mediante el Informe Nº 088-2020-SGC/MDSR de Gerencia de Seguridad Ciudadana, emite su informe técnico, manifestando que la elaboración del plan, fue elaborada y aprobada por los integrantes que conforman el comité el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Santa Rosa, así mismo se mantuvo comunicación constante con la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, así como también, la asistentica técnica de Lima Metropolitana, por tales consideración, solicita se remita al Concejo Municipal, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal y posterior remisión al Ministerios del Interior.
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 29792 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y comisiones, se Acordó Aprobar lo siguiente:
ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL AÑO 2020 DEL DISTRITO DE SANTA ROSA
Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana para el año 2020, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Santa Rosa, según Acta de fecha 15 de abril del 2020, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933 modificada por Ley Nº 30055, cuyos anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub. Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos su publicación del texto y anexos de la presente Ordenanza en el portal Institucional.
Artículo Tercero.- Hacer de Conocimiento esta disposición municipal a las instancias administrativas que correspondan para los fines de su estricto cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALAN CARRASCO BOBADILLA
Alcalde
1870595-1