Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan con eficacia anticipada la designación de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad.

Prorrogan con eficacia anticipada la designación de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad

RESOLUCIóN DE ALCALDIA

N° 015-2020-MDSA

San Antonio, 26 de febrero 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SAN ANTONIO – CAÑETE

VISTO: El Informe N° 0043-2020-MDSA/GFCSA de fecha 19FEB20202, presentado por la Gerente de Fiscalización y Control de Sanciones Administrativas.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 128-2019-MDSA, de fecha 10OCTU2019, se designó con eficacia anticipada desde el 01 de octubre hasta el 31 de Diciembre de 2019, a la Abogada Carmen Ernestina QUISPE TINTAYO, con Registro del Colegio de Abogados de Cañete N° 109, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Antonio - Cañete, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057;

Que, mediante Informe N° 043-2020-MDSA/GFCSA, de fecha 19FEB2020, la Gerente de Fiscalización y Control de Sanciones Administrativas comunica que, a la fecha se cuenta con tramites de cobranzas coactivas a través del Ejecutor Coactivo, cuales son de beneficio de la Entidad y que no pueden dejarse de dar cumplimiento; y que en vista de ser necesario contar con dicho profesional, solicitaba la ampliación y/o prórroga de la Contratación de la Abogada Carmen Ernestina QUISPE TINTAYO, bajo el mismo régimen laboral, para que siga ejerciendo sus funciones de acuerdo a facultades que le otorga la Ley;

Que, la Sub Gerencia de Recursos Humanos, mediante Informe N° 052-2020-SGRRHH-GAF-MDSA, ante consulta sobre la situación actual de la Abogada Carmen Ernestina QUISPE TINTAYO, da a conocer que dicha profesional ostenta el cargo de Ejecutor Coactivo a cargo de la Gerencia de Fiscalización y Control de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de San Antonio, bajo el Régimen Legislativo N° 1057 (Contrato Administrativo de Servicios), contratada desde el 01 de octubre de 2019, con plazo prorrogado al 31 de diciembre de 2020;

Que, de acuerdo al numeral 7.1 del artículo 7° y numeral 17.1 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, modificada por los Decretos Legislativos N° 1272 y N° 1452, se podrá disponer en el mismo acto de administración interna que tenga eficacia anticipada a su emisión, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros;

Que, habiéndose prorrogado el contrato de la Abogada Carmen Ernestina QUISPE TINTAYO, hasta el 31 de diciembre de 2020, se debe emitir el acto resolutivo de regularización con carácter de eficacia anticipada en cumplimiento a las normativas vigentes y surja así los efectos legales, luego de su correspondiente publicación; dejándose vigente la Resolución de Alcaldía N° 128-2019-MDSA;

Que, conforme lo prescrito en el artículo 6° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; y tiene como atribución conducir la política del personal de la Entidad Municipal;

Estando a lo dispuesto, y de conformidad con las facultades otorgadas en los artículos 6°, 20° y 43° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- PRORROGAR con eficacia anticipada, desde el 01 de enero hasta el 31 de Diciembre de 2020, la designación otorgada a la Abogada Carmen Ernestina QUISPE TINTAYO a través de la Resolución de Alcaldía N° 128-2019-MDSA, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Antonio - Cañete, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057.

Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Abogada Carmen Ernestina QUISPE TINTAYO, para su conocimiento y cumplimiento de funciones de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Ley de la materia y normativas municipales.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en medio periodístico oficial, y a la Sub Gerencia de Informática su publicación en el Portal Web de la Entidad Municipal.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

ESTEBAN JESUS AGAPITO RAMOS

Alcalde

1870239-1