Aprueban modificación del Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 100-2020-ANA
Lima, 6 de julio de 2020
VISTOS:
El Informe Nº 007-2020-ANA-DPDRH-UPRH, de fecha 08 de junio de 2020, emitido por la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, y el Informe Legal Nº 266-2020-ANA-OAJ, de fecha 11 de junio de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-AG, se crea el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili, con el objeto de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos, mediante la elaboración e implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en Cuencas de su ámbito;
Que, por Resolución Jefatural Nº 548-2013-ANA, se aprueba el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili, con la finalidad de regular la organización, estructura y funcionamiento del Consejo como órgano de la Autoridad Nacional del Agua, así como su intervención en los procedimientos administrativos en materia de recursos hídricos, y el procedimiento para la vacancia y renovación del cargo de sus integrantes;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Reglamento Interno, establece que las modificaciones que se efectúen al mismo deberán ser acordadas por el Pleno del Consejo, para lo cual se requerirá de siete (07) votos a favor de los nueve (09) integrantes del Pleno y ser aprobadas mediante Resolución Jefatural de la Autoridad Nacional del Agua;
Que, según es de verse en el Acta de reunión extraordinaria del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili de fecha 07 de mayo de 2020, contándose con el número permitido de votos se acordó la modificación del Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca – Chili, a efectos de incluir una disposición complementaria final que regule la continuidad en el ejercicio de funciones de los miembros del consejo en ejercicio en casos que se produzca un acontecimiento imprevisible, irresistible e inevitable que haga imposible su renovación;
Que, a través del informe de Vistos, la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos manifiesta que por la situación de la emergencia señalada y las limitaciones que la misma generó, se considera técnicamente pertinente y aceptable la aprobación de la modificación del Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili;
Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo que modifique el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca – Chili, aprobado por Resolución Jefatural Nº 548-2013-ANA, debiéndose proceder a incluir la Tercera Disposición Complementaria Final que regule la continuidad en el ejercicio de funciones de los miembros del Consejo en ejercicio en caso que se produzca un acontecimiento imprevisible, irresistible e inevitable que haga imposible su renovación; y,
Estando a lo opinado por la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, y con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificación de Reglamento Interno
Aprobar la modificación del Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili, aprobado por Resolución Jefatural Nº 548-2013-ANA, a fin de incorporar la Tercera Disposición Complementaria Final, conforme al siguiente texto:
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
(…)
“Tercera: Continuidad en el ejercicio de funciones en caso fortuito o fuerza mayor.
En caso ocurra un acontecimiento imprevisible, irresistible e inevitable que haga imposible el inicio o continuidad de un proceso para renovación de los miembros del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Quilca Chili, los miembros del pleno vigentes continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta la elección o designación de los nuevos miembros para el siguiente periodo.”
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal web de la institución: www.ana.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMARILDO FERNÁNDEZ ESTELA
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
1870290-1