Aprueban modificación de concesión definitiva para desarrollar actividades de transmisión de energía eléctrica en Línea de Transmisión cuyo titular es Red Eléctrica del Sur S.A. y del Contrato de Concesión N° 135-98
Resolución Ministerial
Nº 168-2020-MINEM/DM
Lima, 2 de julio de 2020
VISTOS: El Expediente Nº 14090898, sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión S.E. Puno – S.E. Moquegua (Montalvo) – S.E. Tacna (Los Héroes) de 220 kV de tensión y la segunda terna de la Línea de Transmisión S.E. Socabaya – S.E. Moquegua (Montalvo) de 220 kV de tensión; la solicitud de la segunda modificación de la mencionada concesión definitiva presentada por Red Eléctrica del Sur S.A. (en adelante, REDESUR); los Informes Nº 144-2020-MINEM/DGE-DCE y Nº 151-2020-MINEM/DGE-DCE elaborados por la Dirección General de Electricidad; el Memo-819-2020/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad y el Informe Nº 343-2020-MINEM/OGAJ elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 124-98-EM emitida con fecha 30 de noviembre de 1998, se otorga a favor de Empresa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A. (en adelante, ETESUR) la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión S.E. Puno – S.E. Moquegua (Montalvo) – S.E. Tacna (Los Héroes) de 220 kV de tensión y la segunda terna de la Línea de Transmisión S.E. Socabaya – S.E. Moquegua (Montalvo) de 220 kV de tensión (en adelante, CONCESIÓN), aprobándose el Contrato de Concesión Nº 135-98 (en adelante, CONTRATO);
Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-99-EM emitida con fecha 05 de enero de 1999, se aprueba la transferencia de la CONCESIÓN efectuada por ETESUR a favor de Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. (en adelante, ETECEN), quien asume todos los derechos y obligaciones que aparecen en el CONTRATO;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 061-99-EM publicada el 20 de abril de 1999, se aprueba la transferencia de la CONCESIÓN, efectuada por ETECEN a favor de REDESUR, quien asume todos los derechos y obligaciones que aparecen en el CONTRATO;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 021-2020-MINEM/DM, publicada el 01 de febrero de 2020, se aprueba la primera modificación de la CONCESIÓN, relacionada al cambio de configuración de la S.E. Puno de 220 kV en la barra de 220 kV de simple a doble barra con seccionador de transferencia;
Que, mediante el documento con Registro Nº 2979062, de fecha 19 de setiembre de 2019, REDESUR solicita la modificación de la CONCESIÓN, a fin de variar la configuración de la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Puno – S.E. Moquegua (Montalvo) – S.E. Tacna (Los Héroes) en el tramo comprendido desde la S.E. Puno hasta la S.E. Moquegua (Montalvo) para tener como resultado los siguientes dos (2) tramos: “S.E. Puno – S.E. Chilota” y “S.E. Chilota – S.E. Moquegua (Montalvo)”, debido a la derivación efectuada hacia la nueva Subestación Chilota;
Que, conforme a los informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la Segunda Modificación de la CONCESION y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modificatorias; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la segunda modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en la S.E. Puno – S.E. Moquegua (Montalvo) – S.E. Tacna (Los Héroes) de 220 kV de tensión y la segunda terna de la Línea de Transmisión S.E. Socabaya – S.E. Moquegua (Montalvo) de 220 kV de tensión, cuyo titular es Red Eléctrica del Sur S.A.; así como la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 135-98, a fin de modificar los numerales 1.1. y 1.3 de la Cláusula Primera y los literales d), e), f) y g) del numeral 2.1 y el numeral 3 del Anexo Nº 2 del citado Contrato, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 135-98 aprobada en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 135-98 en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su emisión, por cuenta de Red Eléctrica del Sur S.A. de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA VILCA ACHATA
Ministra de Energía y Minas
1869855-1