Encargan funciones y responsabilidades del cargo de Ejecutor Coactivo de la Unidad de Ejecutoría Coactiva de la Oficina de Administración del SENASA
Resolución Jefatural
Nº 0075-2020-MINAGRI-SENASA
6 de julio de 2020
VISTOS:
El INFORME-0005-2020-MINAGRI-SENASA-OAD-UGRH-KPEREZ, de fecha 11 de junio de 2020, de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos; el INFORME-0015-2020-MINAGRI-SENASA-OAD-LVILLA, de fecha 23 de junio de 2020, de la Oficina de Administración; el INFORME-0105-2020-MINAGRI-SENASA-OAJ-CREVOREDO, de fecha 2 de julio de 2020, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que los cargos de Ejecutor y de Auxiliar Coactivo no son cargos de confianza, establece que ambos son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7 de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza;
Que, el inciso 7.1 del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, señala: “La designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos”;
Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, a través del Informe Nº 274-2012- SERVIR/GG-OAJ, se ha pronunciado respecto al encargo de funciones al Ejecutor Coactivo, señalando que “[…] no advertimos en la Ley Nº 29679 ningún impedimento para que el cargo de Ejecutor Coactivo pueda ser encargado temporalmente al Auxiliar Coactivo, siempre que éste haya ingresado -como lo establece la Ley Nº 29679- mediante concurso público y en la medida que cumpla con los requisitos que la ley exige para ocupar el cargo de ejecutor coactivo, además de cumplirse con las condiciones propias del encargo”;
Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 332-2007-AG-SENASA, de fecha 19 de octubre de 2007, se designó a la Abg. Jessica Teresa Trivelli García, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Oficina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA;
Que, con Resolución Jefatural-0051-2020-MINAGRI-SENASA, de fecha 24 de abril de 2020, se designó a la Abg. Jessica Teresa Trivelli García en el cargo de Asesora de la Ata Dirección del SENASA, con reserva de su plaza de Directora de la Unidad de Ejecutoría Coactiva;
Que, mediante el informe de vistos, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos recomienda a la Oficina de Administración, en atención a la designación referida en el considerando precedente, adoptar las acciones de personal necesarias para asegurar una adecuada y eficiente prestación de servicios en la entidad, por lo que propone encargar temporalmente el cargo de Ejecutor Coactivo de la Unidad de Ejecutoría Coactiva de la Oficina de Administración a la Abg. Rosa Zenobia Carbajal Diego;
Que, a través del informe de vistos, la Oficina de Administración manifiesta que la Abg. Rosa Zenobia Carbajal Diego ingresó a laborar a la institución mediante el Concurso Público de Méritos Nº 001-2019-SENASA y que con la Resolución Jefatural-0014-2020-MINAGRI-SENASA fue designada como Auxiliar Coactivo de la Unidad de Ejecutoría Coactiva;
Que, asimismo, la Oficina de Administración informa sobre la propuesta de encargar a la Abg. Rosa Zenobia Carbajal Diego el cargo de Ejecutor Coactivo, lo siguiente: “[…] la mencionada servidora reúne las competencias señaladas en el Manual de Organización y Funciones del SENASA, así como los requisitos que la ley exige para el cargo de Ejecutor Coactivo, de acuerdo al numeral 4.1 del artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, para que se le encargue el mencionado cargo de manera temporal, toda vez que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos impulsará el concurso público de méritos para la suplencia del puesto”;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante su informe de vistos, señala que es viable expedir la Resolución Jefatural a través de la cual se disponga el encargo temporal de las funciones y responsabilidades del cargo de Ejecutor Coactivo de la Unidad de Ejecutoría Coactiva de la Oficina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria a la Abg. Rosa Zenobia Carbajal Diego, con retención de su cargo de Auxiliar Coactivo;
Que, de acuerdo a lo referido en los informes de vistos, es necesario que la Unidad de Ejecutoría Coactiva de la Oficina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria cuente con un Ejecutor Coactivo que se encargue y responsabilice del Procedimiento de Ejecución Coactiva y ejerza las acciones de coerción para el cumplimiento de las acreencias impagas o la ejecución incumplida de prestaciones de hacer o no hacer a favor de la institución, de acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS;
Que, conforme a lo dispuesto en el literal k) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 027-2008-AG, se establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía en la entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; en la Ley Nº 27204, Ley que precisa que los cargos de Ejecutor y de Auxiliar Coactivo no son cargos de confianza; en el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria; y con las visaciones de los Directores Generales de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- ENCARGAR temporalmente a la Abg. Rosa Zenobia Carbajal Diego las funciones y responsabilidades del cargo de Ejecutor Coactivo de la Unidad de Ejecutoría Coactiva de la Oficina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, con retención de su cargo de Auxiliar Coactivo.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos la ejecución de las acciones que correspondan a sus competencias y atribuciones, con el propósito de garantizar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y en el portal web institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.senasa.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL QUEVEDO VALLE
Jefe
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
1869909-1