Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan Procuradora Pública Ad Hoc para la defensa del Estado peruano en investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras

Designan Procuradora Pública Ad Hoc para la defensa del Estado peruano en investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras

Resolución del Procurador General

del Estado

N° 33-2020-PGE/PG

Lima, 3 de julio del 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1326, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de Derecho Público Interno y autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones;

Que el artículo 10 del citado Decreto Legislativo, establece que la Procuraduría General del Estado es la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado, a cargo de los/las procuradores/as públicos/as, conforme a lo establecido en el artículo 47° de la Constitución Política del Perú;

Que conforme a lo dispuesto en el párrafo 14.1 del artículo 14 del mismo Decreto Legislativo, el Consejo Directivo es el órgano colegiado de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado;

Que mediante el Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado;

Que según lo prescrito en el numeral 4 del artículo 38 del Decreto Legislativo N° 1326, la designación de los/as procuradores/as públicos/as culmina, entre otras razones, por término de la misma;

Que la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo antes señalado, establece que, mediante resolución expresa del Procurador General del Estado, se da término a la designación de los/las procuradores/as públicos/as y procuradores/as públicos/as adjuntos/as de todos los niveles de gobierno, incluso a aquellos/as que hubieran sido designados/as mediante acto administrativo distinto;

Que mediante Resolución Suprema N° 195-2017-JUS de fecha 17 de agosto del 2017, se designó a la señora abogada SILVANA AMÉRICA CARRIÓN ORDINOLA, como Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras;

Que la designación de la citada Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta, se realizó en el marco del Decreto Legislativo N° 1068 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS, normatividad actualmente derogada;

Que mediante Sesión Extraordinaria del 30 de junio del 2020, el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado acordó dar término a la designación de la señora abogada SILVANA AMÉRICA CARRIÓN ORDINOLA, como Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, y designar a la citada abogada, como Procuradora Pública Ad Hoc de dicha institución;

Que de acuerdo al numeral 5 del artículo 25 del Decreto Legislativo N° 1326, el titular de la Procuraduría Pública Ad Hoc es designado por el/la Procurador/a General del Estado, luego de la aprobación del Consejo Directivo; asimismo, en concordancia con lo prescrito en el artículo 32 del Decreto Legislativo antes mencionado, los/as procuradores/as públicos/as son designados/as mediante Resolución del Procurador General del Estado;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar término a la designación de la señora abogada SILVANA AMÉRICA CARRIÓN ORDINOLA, como Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar a la señora abogada SILVANA AMÉRICA CARRIÓN ORDINOLA, como Procuradora Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SORIA LUJAN

Procurador General del Estado

1869820-1