Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Establecen los Formularios Tributarios que faciliten a los contribuyentes en la presentación recepción y procesamiento de la información que puedan peticionar correspondiente a los tributos municipales

Establecen los Formularios Tributarios que faciliten a los contribuyentes en la presentación, recepción y procesamiento de la información que puedan peticionar correspondiente a los tributos municipales

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 22-2019-MPH-BCA

Bambamarca, 17 de diciembre de 2019

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, en su Sesión Ordinaria de fecha 17 de diciembre de 2019.

VISTO:

El Informe Técnico Nº 025-2019-M.P.H-BAC/G.A.T/C.P.P.R, de fecha 27 de noviembre del 2019 y el Informe Nº 1086-2019-M.P.H-BCA/G.A.J, de fecha 10 de diciembre del 2019;

CONSIDERANDO

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades tienen autonomía política, económica, administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que se ejerce entre otras a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, conforme se establece en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución, concordante con el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, con Informe Técnico Nº 025-2019-M.P.H-BAC/G.A.T/C.P.P., de fecha 27.11.2019, la Gerencia de Administración Tributaria, solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica emitir opinión legal referente al proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba los Formularios Tributarios Municipales;

Que, con Informe Nº 1086-2019-M.P.H-BCA/G.A.J, de fecha 10 de diciembre de 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica se pronuncia declarando procedente la aprobación de los Formatos de Formularios Tributarios Municipales;

Que, el Artículo 117º del TUO de la Ley Nº 27444, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, regula el Derecho de petición administrativa, señalando:

- Cualquier administrado, individual o colectivamente, puede promover por escrito el inicio de un procedimiento administrativo ante todas y cualesquiera de las entidades, ejerciendo el derecho de petición reconocido en el Artículo 2º inciso 20) de la Constitución Política del Estado.

- El derecho de petición administrativa comprende las facultades de presentar solicitudes en interés particular del administrado, de realizar solicitudes en interés general de la colectividad, de contradecir actos administrativos, las facultades de pedir informaciones, de formular consultas y de presentar solicitudes de gracia.

- Este derecho implica la obligación de dar al interesado una respuesta por escrito dentro del plazo legal.

Que, el Artículo 165º TUO de la Ley Nº 27444 del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, regula el Empleo de formularios: Las entidades disponen el empleo de formularios de libre reproducción y distribución gratuita, mediante los cuales los administrados, o algún servidor a su pedido, completando datos o marcando alternativas planteadas proporcionan la información usual que se estima suficiente, sin necesidad de otro documento de presentación. Particularmente se emplea cuando los administrados deban suministrar información para cumplir exigencias legales y en los procedimientos de aprobación automática;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobada por el DECRETO SUPREMO Nº 156-2004-EF, señala:

- “Artículo 6º: Los impuestos municipales son, exclusivamente, los siguientes:

a) Impuesto Predial”.

- “Artículo 8º: El Impuesto Predial es de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rústicos”.

- “Artículo 68º: Las Municipalidades podrán imponer las siguientes tasas:

a) Tasas por servicios públicos o arbitrios: son las tasas que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente”.

Que, es necesario impulsar una norma municipal que apruebe formularios tributarios, que coadyuven al derecho de petición administrativa que tienen los vecinos, a fin de que cumplan oportunamente con sus obligaciones tributarias, y por otro lado, generan en la población un grado de compromiso con la entidad, a fin de mejorar la recaudación tributaria y por ende la calidad de servicios;

Que, siendo función de esta Gestión Municipal, promover mecanismos que faciliten a los contribuyentes en la presentación, recepción y procesamiento de la información que puedan peticionar correspondiente a los tributos municipales, a fin de brindar al contribuyente un servicio eficiente con la reducción de tiempos de espera; así mismo, se requiere la aprobación de nuevos formatos que ayuden a la administración tributaria Municipal atender a los contribuyentes en sus diferentes requerimientos;

Que, estando a lo dispuesto en el Artículos 9º, numeral 8) y los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, contando con el voto mayoritario de los señores regidores presentes el Concejo Municipal aprobó la siguiente ordenanza.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR LA ORDENANZA MUNICIPAL que establece los Formularios Tributarios, que faciliten a los contribuyentes en la presentación, recepción y procesamiento de la información que puedan peticionar correspondiente a los tributos municipales.

Artículo Segundo.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento y ejecución de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza y la implementación de la campaña de difusión que garantice la socialización y cumplimento de la presente Ordenanza.

Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Tecnología y Sistemas de Información, la publicación en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc.

Artículo Sexto.- Deróguese toda disposición en las partes que sean contrarias a la presente norma.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

MARCO ANTONIO AGUILAR VASQUEZ

Alcalde Provincial

1869390-2