Aprueban la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Azángaro
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Azángaro, mediante Oficio N° 03-2020-MPA-SG/RHVA, recibido el 2 de julio de 2020)
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 020-2019-CM-MPA/SG
Azángaro, 26 de diciembre de 2019
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE AZÁNGARO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE AZÁNGARO
VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 20 de diciembre del 2019, el Informe Nº 513-2019-MPA/GPP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto que presenta la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Azángaro, la Opinión Legal Nº 581-2019/MPA-GAJ, y;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 192º y 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipales modificado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional establece que los Gobiernos locales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisándose que le compete a las municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y en tal sentido gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial;
Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y establece que las normas referidas a organización del Estado requieren de la opinión técnica previa de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueban los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, que regulan los criterios para ordenar la estructura de organización de las entidades de la Administración Pública, así como el proceso de elaboración y aprobación de sus ROF;
Que, mediante la Ley Nº 29158, se aprueba la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la cual establece entre otras disposiciones, los principios y las normas básicas de organización, competencias y funciones del Poder Ejecutivo, con el objeto de atender las nuevas necesidades de organización del Poder Ejecutivo, a fin que las entidades de dicho Poder del Estado cuenten con una organización moderna y flexible que repercuta en una mejor atención o satisfacción de los ciudadanos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, con el objeto de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país;
Que, la citada Política señala que uno de los problemas en materia organizacional se debe a que los lineamientos y los modelos vigentes para la formulación de documentos de gestión imponen normas uniformes de organización para la gran diversidad de entidades existentes;
Que, en ese sentido resulta necesario aprobar nuevos lineamientos de organización del Estado, armonizados con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública;
Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, en su calidad de órgano rector del Sistema de Modernización de la Gestión Pública, ha elaborado una propuesta de lineamientos de organización que reemplace a los lineamientos aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, con el fin que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera para responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; Asimismo corresponde al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al Numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú;
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala que las ordenanzas en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, de conformidad con el Artículo 9º, numeral 3) de la mencionada norma, es atribución del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local, asimismo el numeral 8) del mencionado artículo, faculta aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un instrumento técnico normativo de gestión institucional que define la naturaleza, finalidad, estructura orgánica y funciones de la Municipalidad Provincial de Azángaro, y de los órganos que la conforman en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972;
Que, mediante el informe Nº 513-2019-MPA/GPP, con el respectivo informe técnico, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto presenta el proyecto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Azángaro, con la incorporación de la Unidad de Gestión de Residuos sólidos en la estructura orgánica y las respectivas funciones como órgano desconcentrado dependiente de la Gerencia Municipal, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 013-2019-CM-MPA/SG, la incorporación de funciones derivadas de las normas sustantivas y modificatorias, así de las normas de los sistemas administrativas vigentes;
Que, en el informe técnico de modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), considera los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fines de la Municipalidad con mayor eficiencia y un mejor nivel de atención hacia los ciudadanos, con una integración de las funciones afines, la eliminación de posibles conflictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM;
Que, con Opinión Legal Nº 581-2019/MPA-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que se ha cumplido con sustentar la necesidad de actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Azángaro (ROF), y opina por la procedencia del proyecto de ordenanza que lo aprueba, recomendando se eleve al Concejo Municipal para su aprobación, conforme lo dispone el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto unánime de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 20 de diciembre del 2019 y con la dispensa del trámite de la lectura del Acta y aprobación para ejecutar los acuerdos, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO
Artículo Primero.- APROBAR, la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Azángaro, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza, el mismo que consta de: seis (06) títulos, once (11) capítulos, ciento cuarenta y dos (142) artículos.
Artículo Segundo.- DEROGAR, la Ordenanza Nº 011-2016-CM-MPA/SG, de fecha 28 de diciembre de 2016, y cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- Facultar al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Azángaro.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas competentes, efectuar las acciones que resulten necesarias paras la adecuación e implementación de la nueva Estructura Orgánica y Organigrama aprobada a través de la presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente dispositivo municipal en el diario de avisos judiciales de la región, en el Portal de la Municipalidad Provincial de Azángaro www.muniazangaro.gob.pe y el texto íntegro del Reglamento de Organización y Funciones y nuevo Organigrama Estructural en el Portal Institucional de la entidad.
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario avisos judiciales.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FLAVIO MAMANI HANCCO
Alcalde
1869533-1