Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021 - 2023
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° 61-2020-CONCYTEC-P
Lima, 30 de junio de 2020
VISTOS: El Informe N° 065-2020-CONCYTEC-OGPP-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que cuenta con la conformidad de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto efectuada a través del Proveído N° 143-2020-CONCYTEC-OGPP; y, el Informe N° 053-2020-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y el Proveído N° 262-2020-CONCYTEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, conforme a lo establecido en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) y en la Ley N° 30806, que modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; y de la Ley Nº 28613, Ley del CONCYTEC, y en los Decretos Supremos Nºs 058-2011-PCM, y 067-2012-PCM;
Que, de acuerdo al artículo 16 de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, modificado por la Ley N° 30806, que modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC, el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (FONDECYT) es una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio, encargado de captar, gestionar, administrar y canalizar recursos de fuente nacional y extranjera, destinados a las actividades del SINACYT, en el país;
Que, mediante, el Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica manifiesta que el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto Público del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el ámbito del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);
Que, indica, que a través del Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, refiere, que mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD, y sus modificatorias, se aprobó la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que tiene por objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y del Plan Operativo Institucional (POI);
Que, acota, que en la Sección 6 de la citada Guía se señala que el POI es un instrumento de gestión que orienta la asignación de recursos para implementar la estrategia institucional, y contiene la programación de metas físicas y financiera de las actividades operativas de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras, a ser ejecutadas en un periodo anual; asimismo, indica que la entidad elabora y aprueba su POI Multianual con la finalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo no menor de tres (3) años, para ello toma en cuenta la situación económica y fiscal del país, descrita en el Marco Macroeconómico Multianual y la estructura presupuestal del año vigente; para dicho fin, la entidad utiliza el aplicativo CEPLAN V.01 para registrar y aprobar el POI Multianual, y consistenciar el POI Anual con el presupuesto Institucional de Apertura (PIA), considerando la estructura funcional programática del Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF;
Que, señala que, a través de la Resolución de Presidencia N° 070-2019-CONCYTEC-P, de fecha 30 de abril de 2019, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 – 2022 del CONCYTEC;
Que, cita, además, que mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00013-2020/CEPLAN/PCD, el CEPLAN prorroga el plazo de la sección 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, estableciendo el 30 de junio de 2020 como plazo máximo para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021 – 2023 por parte de los Titulares de las entidades en los tres niveles de gobierno;
Que, precisa, que conforme al numeral 4.2 de la Sección 4 de la referida Guía, corresponde a la Comisión de Planeamiento Estratégico, entre otras funciones, priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales (OEI), Acciones Estratégicas Institucionales (AEI), Actividades Operativas, y validar el documento del POI;
Que, agrega, que mediante Resolución de Presidencia N° 014-2019-CONCYTEC-P, de fecha 6 de enero de 2019, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego CONCYTEC, la cual ha validado el POI Multianual 2021 – 2023, mediante Acta N° 002-2020-CPE-CONCYTEC de fecha 30 de junio de 2020;
Que, mediante Informe N° 065-2020-CONCYTEC-OGPP-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que cuenta con la conformidad de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Proveído N° 154-2020-CONCYTEC-OGPP, señala que ha elaborado el POI Multianual 2021 – 2023 del CONCYTEC considerando: i) como marco estratégico las Acciones Estratégicas y Objetivos Estratégicos del Plan Estratégico Institucional, aprobado por Resolución de Presidencia N° 034-2017-CONCYTEC-P, el cual fue ampliado su horizonte al 2023; ii) la asignación presupuestaria multianual 2021 – 2023 establecida por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas mediante el Oficio Circular N° 007-2020-EF/50.03, y, iii) las orientaciones de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033- 2017/CEPLAN/PCD y sus modificatorias;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 053-2020-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y el Proveído N° 262-2020-CONCYTEC-OGAJ emite opinión legal favorable para la emisión del acto de administración que apruebe el POI Multianual del Pliego CONCYTEC para el periodo 2021 – 2023;
Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, y en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD, que aprobó la “Guía para el Planeamiento Institucional”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021 – 2023 del Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución, por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa.
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego CONCYTEC para su conocimiento y fines correspondientes, en el marco de sus competencias.
Artículo 3.- Encargar a la Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución y de su anexo en el Portal Institucional del CONCYTEC (www.concytec.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano, en el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO
Presidenta
1869553-2