Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate 2020

Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate 2020

ORDENANZA N° 533-MDA

Ate, 1 de junio del 2020

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de Ate en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 01 de Junio del 2020, visto el Dictamen Nº 002-2020-MDA/CSCF de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Fiscalización; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana Nº 27933 tiene por objeto el proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana; para ello establece que el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) y los otros sistemas administrativos y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la seguridad ciudadana participando en los procesos y acciones que de ella se deriven. Componen el citado sistema, entre otros, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC);

Que, conforme al artículo 13º del citado dispositivo legal, los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por CONASEC;

Que, el artículo 28º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, establece que es función del CODISEC proponer ante la Municipalidad Distrital, la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PDSC), alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los enfoques de gestión de resultados intercultural y distrital, articulado con los instrumentos del SINAPLAN;

Que, el artículo 47º, del mencionado reglamento establece en su primer párrafo que las Secretarías Técnicas de los Comités, son los responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana ante los respectivos comités. Estos después de evaluar las propuestas de planes de acción de Seguridad Ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales, respectivamente a través del dispositivo que corresponde;

Que, el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN, aprueba la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC, denominada “Lineamientos Técnicos y Procedimientos para el Diseño, Formulación, Aprobación, implementación, Seguimiento y Evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”, que tiene por objeto establecer las disposiciones técnicas para que los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) diseñen, formulen, aprueben, implementen, realicen seguimiento y evalúen sus respectivos Planes de Acción Distritales de Seguridad Ciudadana en el marco de la Implementación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023 y la normatividad vigente en la materia;

Que, mediante Informe Nº 011-2020-ST-CODISEC/MDA, el Gerente de Seguridad Ciudadana en su calidad de Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC – ATE, señala que el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate – 2020, es el resultado de un proceso de planeamiento participativo con todos los integrantes del CODISEC, liderados por el Presidente de dicho Comité Distrital; el cual es un instrumento de gestión, que sigue los lineamientos de la Seguridad Ciudadana 2019 – 2023 y el Plan Regional de Seguridad Ciudadana del MININTER (Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC); asimismo, mediante Oficio Nº 041-2020-MML-GSGC, de fecha 13.05.2020, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, informa al señor Eco. Edde Cuellar Alegría, Presidente del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate, que el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2020 del CODISEC-ATE, ha sido declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN, conforme se detalla en el Informe Técnico Nº 041-2020-MML-ST-CORESEC-LM-EPP.OPT; solicitando que se continúe con el cumplimento de las disposiciones establecidas en la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC, entre ellas la aprobación del Plan de Acción Distrital, por el Concejo Municipal mediante la respectiva Ordenanza Municipal; en tal sentido, el responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC ATE, con el fin de dar cumplimiento a las normas mencionadas, sugiere se disponga la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate – 2020, en la próxima Sesión del Concejo Municipal y se emita la respectiva Ordenanza Municipal;

Que, mediante Informe Nº 533-2020-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que habiéndose recibido el Oficio Nº 041-2020-MML-GSGC, en el cual se comunica al señor Alcalde y Presidente del CODISEC Ate, que el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate 2020 ha sido declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN, opina que mediante Ordenanza Municipal se apruebe el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate 2020, para lo cual lo actuado deberá remitirse al Pleno del Concejo Municipal para su correspondiente pronunciamiento, previo Dictamen de la Comisión de Regidores respectiva;

Que, mediante Dictamen Nº 002-2020-MDA/CSCF, la Comisión de Seguridad Ciudadana y Fiscalización recomienda la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Ate 2020, solicitando elevarlo al Pleno del Concejo Municipal, para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente;

ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 8) DEL Artículo 9º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIONES Y DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN

DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD

CIUDADANA DE ATE 2020

Artículo 1º.- APROBAR; el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE ATE 2020, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC del Distrito de Ate, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza; en merito a los considerandos antes expuestos.

Artículo 2º.- DISPONER; que el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Ate 2020, se incluya en el Plan Operativo Institucional y se disponga su asignación presupuestaria institucional.

Artículo 3º.- ENCÁRGUESE; a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, adicionalmente elaborar un Plan de Seguridad Ciudadana acorde a la situación actual del Estado de Emergencia Nacional declarado por el Gobierno Central y en el marco de las normas legales pertinentes; asimismo, a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del íntegro del Anexo mencionado en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate: www.muniate.gob.pe y a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones la difusión correspondiente.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

EDDE CUELLAR ALEGRIA

Alcalde

1869222-1