Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el documento denominado Lineamientos para la implementación de inversiones en materia de infraestructura y equipamiento urbano drenaje pluvial y saneamiento urbano y rural en el marco del Decreto de Urgencia N° 070-2020

Aprueban el documento denominado “Lineamientos para la implementación de inversiones en materia de infraestructura y equipamiento urbano, drenaje pluvial y saneamiento urbano y rural en el marco del Decreto de Urgencia N° 070-2020”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 128-2020-VIVIENDA

Lima, 30 de junio de 2020

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto de Urgencia Nº 070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, en adelante el Decreto de Urgencia, se establecieron medidas extraordinarias para la reactivación económica ante la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, en materia de inversiones, gasto corriente y otras actividades para la generación de empleo, así como medidas que permitan a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, implementar en el marco de sus competencias, la ejecución de acciones oportunas, en el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID-19, para la reactivación de la actividad económica a nivel nacional y atención a la población, fomentando el trabajo local a través del empleo de la mano de obra especializada y no especializada en el mantenimiento periódico y rutinario de las vías nacionales, departamentales y vecinales;

Que, el artículo 4 del Decreto de Urgencia establece disposiciones para el financiamiento de proyectos de inversión, de Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) y de elaboración de IOARR y de sus expedientes técnicos o documentos equivalentes, en materia de infraestructura y equipamiento urbano, drenaje pluvial y saneamiento urbano y rural; estableciendo procedimientos, condiciones y obligaciones a cargo tanto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento como de los Gobiernos Locales que recibieron transferencia de recursos para el financiamiento de dichas inversiones;

Que, el numeral 31.2 del artículo 31 del Decreto de Urgencia señala que los sectores del Gobierno Nacional a que se refiere la mencionada norma son responsables de la verificación y seguimiento de la ejecución de los recursos asignados a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el Año Fiscal 2020 para los fines correspondientes; para lo cual, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben informar a la entidad del Gobierno Nacional correspondiente de los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución;

Que, por la Resolución Ministerial N° 121-2020-VIVIENDA publicada en el diario oficial El Peruano el 24 de junio de 2020, se aprobaron los modelos de Convenio de Cooperación lnterinstitucional a suscribirse por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con los Gobiernos Locales en el marco de lo establecido por el artículo 4 del Decreto de Urgencia;

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Memorando Nº 756-2020-VIVIENDA/OGPP, en base a los informes de sus Oficinas de Inversiones, Planeamiento y Modernización y de Presupuesto, propone la aprobación de los “Lineamientos para la implementación de inversiones en materia de infraestructura y equipamiento urbano, drenaje pluvial y saneamiento urbano y rural en el marco del Decreto de Urgencia N° 070-2020”; a efectos de establecer disposiciones para la implementación de inversiones en materia de infraestructura y equipamiento urbano, drenaje pluvial y saneamiento urbano y rural; así como, para la evaluación y seguimiento del adecuado uso de los recursos de dichas inversiones a cargo de los Gobiernos Locales, conforme a los Convenios suscritos con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto de Urgencia Nº 070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19 y la Resolución Ministerial N° 121-2020-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de Lineamientos

Aprobar el documento denominado “Lineamientos para la implementación de inversiones en materia de infraestructura y equipamiento urbano, drenaje pluvial y saneamiento urbano y rural en el marco del Decreto de Urgencia N° 070-2020”; el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y del documento aprobado en el artículo precedente que forma parte integrante de la misma, en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RODOLFO YAÑEZ WENDORFF

Ministro de Vivienda Construcción y Saneamiento

1869311-1