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Modifican la R.D. N° 08-2020-MTC/18 respecto a la prórroga de vigencia de los Certificados de Inspección Técnica Vehicular – CITV

Modifican la R.D. N° 08-2020-MTC/18, respecto a la prórroga de vigencia de los Certificados de Inspección Técnica Vehicular – CITV

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 014-2020-MTC/18

Lima, 27 de junio de 2020

VISTOS:

El Informe N° 181-2020-MTC/17.03, formulado por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transporte; el Informe N° 042-2020-MTC/18.04, formulado por la Dirección de Seguridad Vial y el Informe N° 412-2020-MTC/18.01, formulado por la Dirección de Políticas y Normas, ambas unidades orgánicas de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal;

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y dispone el aislamiento social obligatorio, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM, N° 083-2020-PCM, 094-2020-PCM y 116-2020-PCM;

Que, en el marco de la citada declaratoria de Estado de Emergencia, se establecieron diferentes medidas orientadas a no perjudicar a los ciudadanos teniendo en cuenta que debido al aislamiento social muchas actividades quedaron suspendidas; siendo una de ellas la emisión de la Resolución Directoral N° 008-2020-MTC/18, mediante la cual, entre otros, se prorroga hasta el 30 de abril de 2020 la vigencia de los Certificados de Inspección Técnica Vehicular, la cual a su vez ha sido prorrogada hasta el 30 de junio de 2020, mediante el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 009-2020-MTC/18;

Que, dentro de la recuperación social y económica, se aprobó el Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, mediante el cual se dispone la reanudación de actividades aprobándose la Fase 1 de la misma y; mediante Decreto Supremo N° 101-2020-PCM, se aprueba la Fase 2 de la reanudación de actividades, dentro de las cuales se encuentran los servicios ofrecidos por los Centros de Inspección Técnica Vehicular;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 0327-2020-MTC/01, se aprobó el “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del COVID - 19 en los servicios complementarios al transporte y tránsito terrestre que realizan los Centros de Inspección Técnica Vehicular, Talleres de Conversión, Entidades Certificadoras, Centros de Revisión Periódica de Cilindros y Entidades Certificadoras”;

Que, mediante Informe N° 181-2020-MTC/17.03, la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, señala que al 30 de junio de 2020 vencerán 680,637 Certificados de Inspección Técnica Vehicular y, del 01 de julio al 31 de diciembre de 2020 vencerán 979,795 Certificados de Inspección Técnica Vehicular; motivo por el cual, si bien los Centros de Inspección Técnica Vehicular se encuentran a la fecha autorizados a funcionar, previo cumplimiento del referido Protocolo Sanitario Sectorial, resulta necesario establecer un cronograma de ampliación de plazo de los Certificados de Inspección Técnica Vehicular de acuerdo al tipo de servicio que prestan los vehículos, ello, a fin de cubrir la demanda de atenciones que se tendrá acumulada, evitando aglomeraciones de vehículos y personas que solicitan el servicio de inspección técnica vehicular, así como sus consecuentes riesgos de contagio de COVID - 19;

Que, mediante Informe N° 042-2020-MTC/18.04, la Dirección de Seguridad Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, emite opinión recomendando priorizar en el cronograma de prórroga, a los vehículos que prestan servicio de transporte de personas para la regularización de los respectivos Certificados de Inspección Técnica Vehicular, dado el mayor riesgo a la vida y salud que representan;

Que, mediante Informe N° 412-2020-MTC/18.01, la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, consolida y propone emitir las disposiciones respectivas para la aprobación del cronograma de prórroga de vigencia de Certificados de Inspección Técnica Vehicular de acuerdo al tipo de servicio que prestan los vehículos; lo cual permitirá que la reanudación de actividades sea implementada de manera eficiente y con la medidas de seguridad vial correspondientes;

De conformidad con lo establecido en la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N° 27181; la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley N° 29370; y en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 959-2019-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Directoral N° 08-2020-MTC/18, modificada por Resolución Directoral N° 009-2020-MTC/18

Modifíquese el numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Directoral N° 08-2020-MTC/18, modificada por la Resolución Directoral N° 009-2020-MTC/18, en los siguientes términos:

“Artículo 2.- Prórroga de vigencia de certificados y placas rotativas

(…)

2.2 Prorrogase la vigencia de los Certificados de Inspección Técnica Vehicular - CITV, de acuerdo al siguiente cronograma:

CITV

Fecha de vencimiento del CITV sujeto a prórroga

Fecha de prórroga del CITV

- Transporte regular de personas en los ámbitos provincial, regional y nacional

- Transporte de materiales y residuos peligrosos

- Transporte publico especial de pasajeros en vehículos menores

- Transporte privado de personas

16/03/2020

al

30/06/2020

31/07/2020

- Transporte Especial de Personas - Taxi

- Transporte Especial de Personas - Social

- Transporte Especial de Personas - Turístico

- Transporte Especial - Trabajadores y otros

- Transporte Especial de Personas - Estudiante

16/03/2020

al

30/06/2020

31/08/2020

- Transporte público de mercancías en general

- Transporte de privado de mercancías

- Transporte internacional de mercancías por carretera de la Comunidad Andina

16/03/2020

al

30/06/2020

30/09/2020

- Vehículos particulares

- Transporte internacional de pasajeros por carretera de la comunidad andina

- Servicio especial comunal de transporte de pasajeros por carretera

- Transporte transfronterizo de pasajeros en taxi entre Perú - Ecuador

- Transporte de pasajeros por carretera entre Tacna - Arica

- Transporte internacional terrestre de pasajeros - ATIT (Cono Sur)

16/03/2020

al

30/06/2020

30/11/2020

Artículo 2.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial “El Peruano”, y en el portal web institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc)

Regístrese, comuníquese y publíquese,

FERNANDO HUGO CERNA CHORRES

Director General

Dirección General de Políticas y Regulación

en Transporte Multimodal

1869165-1