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Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resolución de Presidencia

del Consejo Directivo

Nº 00021-2020-OEFA/PCD

Lima, 26 de junio de 2020

VISTOS: El Informe Nº 00063-2020-OEFA/OPP, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00017-2020-OEFA/OAD y el Memorando Nº 00309-2020-OEFA/OAD, emitidos por la Oficina de Administración; y, el Informe Nº 00190-2020-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 096-2019-OEFA/PCD, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en el marco de lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

Que, el Artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificado por el Artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control (en adelante, la Ley Nº 27785), señala que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o el que haga que sus veces en el pliego;

Que, asimismo el Artículo 20º de la referida Ley, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante Resolución del titular del pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que, mediante la Resolución de Contraloría Nº 105-2019-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo en el cual está incluido el Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional - Contrato de Préstamo IBRD 8680-PE-OEFA”;

Que, con Oficio Circular Nº 003-2019-CG/SOA recibido el 05 de junio de 2019, la Contraloría General de la República informa los resultados del Concurso Público de Méritos Nº 001-2019-CG, mediante el cual se designa a la sociedad de auditoria Panez Chacaliaza y Asoc. SCRL para efectuar la auditoría financiera al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional” Contrato de Préstamo IBRD 8680-PE-OEFA, ejercicios 08/02/2017-31/12/2018, 2019, 2020, 2021, 01/01/2011-01/10/2022;

Que, mediante el Informe Nº 00063-2020-OEFA/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto concluye que se cuenta con recursos presupuestarios por un monto ascendente a S/ 104 740,00 (Ciento cuatro mil setecientos cuarenta y 00/100 Soles) en la específica de gasto “2.4.13.11 A otras Entidades del Gobierno Nacional, destinados a Financiar Gastos Corrientes”; por lo que, en materia presupuestal resulta viable la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Que, a través del Oficio Nº 000822-2020-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita al OEFA, efectuar una transferencia financiera de recursos a su favor por la suma total de S/ 104 736,00 (Ciento cuatro mil setecientos treinta y seis y 00/100 Soles), con el objeto de pagar los gastos referido a la retribución económica de la Sociedad Auditora que efectuará la auditoría financiera del Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional” Contrato de Préstamo IBRD 8680-PE-OEFA correspondiente al periodo 2020;

Que, mediante el Memorando Nº 00309-2020-OEFA/OAD, la Oficina de Administración, atendiendo a lo señalado en su Informe Nº 00017-2020-OEFA/OAD, solicita se apruebe la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 104 736,00 (Ciento cuatro mil setecientos treinta y seis y 00/100 Soles) para la contratación de la Sociedad de Auditoría encargada de examinar el Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional” Contrato de Préstamo IBRD 8680-PE-OEFA correspondiente al ejercicio 2020, en virtud a que se cuentan con los recursos presupuestales necesarios;

Que, mediante Informe Nº 00190-2020-OEFA/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legalmente favorable sobre la autorización de la transferencia financiera por el monto de S/ 104 736,00 (Ciento cuatro mil setecientos treinta y seis y 00/100 Soles), a favor de la Contraloría General de la República; toda vez que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de su Informe de vistos ha manifestado su viabilidad en materia presupuestal; y, al haberse dado cumplimiento a los presupuestos establecidos en el Artículo 20º de la Ley Nº 27785;

Que, el Artículo 15º y Literales a) y t) del Artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM, establece que la Presidencia del Consejo Directivo constituye la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad, conduce el funcionamiento institucional y representa a la entidad ante las entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras; teniendo entre sus funciones, las de ejercer la titularidad del Pliego Presupuestal y la representación legal del OEFA, así como emitir resoluciones en el ámbito de su competencia;

Que, en ese contexto, corresponde que la Presidencia del Consejo Directivo emita el acto de administración a través del cual se autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de una Sociedad de Auditoría, en el marco del Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional - Contrato de Préstamo IBRD 8680-PE-OEFA”, correspondiente al ejercicio 2020 por el monto de S/ 104 736,00 (Ciento cuatro mil setecientos treinta y seis y 00/100 Soles);

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificado por el Artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Resolución de Contraloría Nº 105-2019-CG, que aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría; y, en uso de las atribuciones conferidas por los Literales a) y t) del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, por la suma total de S/ 104 736,00 (Ciento cuatro mil setecientos treinta y seis y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 1º de la presente Resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, de acuerdo con el siguiente detalle:

Categoría Presupuestal

:

9001. Acciones Centrales

Producto

:

3999999. Sin Producto

Actividad

:

5000003. Gestión Administrativa

Finalidad

:

0000888. Gestión Administrativa

Fuente de Financiamiento

:

Recursos Directamente Recaudados

Genérica de gasto

:

Donaciones y Transferencias

Especifica de Gasto

:

2.4.13.11 A otras unidades del Gobierno Nacional

Monto

:

S/ 104 736,00

Artículo 3º.- Limitación al uso de los Recursos.

Los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el Artículo 1º de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4º.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ

Presidenta del Consejo Directivo

1869160-1