Aprueban modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio del Ambiente 2019-2022, ampliándolo al 2023
Resolución de Secretaría General
Nº 030-2020-MINAM
Lima, 26 de junio de 2020
VISTOS; el Oficio N° D000210-2020-CEPLAN-DNCP y el Informe Técnico N° D000075-2020-CEPLAN-DNCPPEI de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Memorando N° 00495-2020-MINAM/SG/OGPP y el Memorando N° 00544-2020-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00108-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM e Informe N° 00123-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 00208-2020-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; estableciéndose su ámbito de competencia sectorial, su estructura orgánica y sus funciones; y constituye un pliego presupuestal;
Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, entre otros aspectos;
Que, con Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el subnumeral 5.8 “Modificación del PEI” del numeral 5 de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada, entre otras, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 016-2019-CEPLAN/PCD, establece que el Plan Estratégico Institucional (PEI) se modifica, entre otras circunstancias, por cambios en la política institucional y por disposiciones específicas del CEPLAN; asimismo, señala el referido subnumeral que las modificaciones del PEI se formalizan mediante acto resolutivo, de acuerdo a la normativa y organización interna de la entidad;
Que, con Oficio Múltiple N° D000040-2019-CEPLAN-DNCP, el CEPLAN comunica que, con la finalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2021–2023 de la entidades públicas, corresponde la ampliación del periodo de vigencia de los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), señalando las acciones a realizar; asimismo, entre otros aspectos, señala que, los Pliegos que cuenten con un PEI de acuerdo a la estructura establecida en la Guía para el Planeamiento Institucional pueden ampliar la temporalidad de citado documento de gestión;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 092-2019-MINAM, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2022 del Ministerio del Ambiente;
Que, de conformidad con lo señalado en el subnumeral 5.7 del numeral 5 de la acotada Guía para el Planeamiento Institucional, para la validación y aprobación del PEI, el Pliego remite el PEI al CEPLAN, siendo que éste último verifica y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la evaluación correspondiente;
Que, al respecto, con Oficio N° D000210-2020-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN remite al Ministerio del Ambiente el Informe Técnico N° D000075-2020-CEPLAN-DNCPPEI, mediante el cual señala que se ha verificado y validado la propuesta del PEI del Ministerio del Ambiente del periodo 2019-2022 ampliado al 2023, habiéndose elaborado en aplicación a las orientaciones que establece la Guía para el Planeamiento Institucional;
Que, mediante el Memorandos N° 00495-2020-MINAM/SG/OGPP y N° 00544-2020-MINAM/SG/OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención a los Informes N° 00108-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM y N° 00123-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, señala que la propuesta del Plan Estratégico Institucional del Ministerio del Ambiente 2019-2022, ampliado al 2023, se elaboró en coordinación con, las Unidades Ejecutoras, los órganos y unidades orgánicas del MINAM, de acuerdo con la Guía para el Planeamiento Institucional del CEPLAN, así como las disposiciones específicas del CEPLAN indicadas en el Oficio N° D000040-2019-CEPLAN-DNCP, indicando que la ampliación del PEI del MINAM mantiene la Declaración de Política Institucional, la Misión Institucional, los Objetivos Estratégicos Institucionales y las Acciones Estratégicas Institucionales (con indicadores); habiéndose actualizado la Matriz de Articulación de Planes en concordancia con la “Extensión de Horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2017-2021 del Sector Ambiental, al 2024”, aprobada con Resolución Ministerial N° 090-2020-MINAM, por lo que recomienda aprobar la referida modificación del PEI;
Que, con el Informe N° 00208-2020-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina de General de Asesoría Jurídica señala que es legalmente viable aprobar la ampliación del PEI 2019-2022 del Ministerio del Ambiente al 2023, debiendo dejarse sin efecto la Resolución Ministerial N° 092-2019-MINAM;
Que, de conformidad con el literal a) del numeral 3.3 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 01-2020-MINAM, la Ministra del Ambiente delega en el/la Secretario/a General para el Año Fiscal 2020 la facultad de aprobar las modificatorias del Plan Estratégico Institucional;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N’ 002-2017-MINAM; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio del Ambiente 2019-2022, ampliándolo al 2023, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Secretaría General.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, el seguimiento y evaluación del PEI a que se hace mención en el artículo 1, informando anualmente los avances y metas cumplidas.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General y de su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ VALDIVIA MORÓN
Secretario General
1869139-1