Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan de Mercado Saludable de Ordenamiento de Mercados Formales e Informales del distrito de Comas

Aprueban el Plan de Mercado Saludable de Ordenamiento de Mercados Formales e Informales del distrito de Comas

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 03-2020-MDC

Comas, 8 de mayo del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS

VISTO:

El Informe Nº 003-2020-GFyT/MDC de la Gerencia de Fiscalización y Transporte y el Informe Nº 159A-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la aprobación del Plan de Mercado Saludable de Ordenamiento de Mercados Formales e Informales del Distrito de Comas, y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, estipula que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el segundo párrafo del artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que, la autonomía establecida en la Constitución para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, existe la necesidad dentro del Distrito de Comas de establecer un Plan de Ordenamiento de Mercados formales e informales del distrito de Comas, debido a las severas deficiencias de limpieza, orden y seguridad que tienen la mayoría de los mercados, así como sus problemas en la manipulación de alimentos y en el manejo de residuos sólidos,

Que, Comas cuenta con 41 mercados de abasto, 40 minorista y un mercado mayorista, siendo el complejo comercial Unicachi el único mercado mayorista del distrito, los principales mercados minoristas por su extensión, cantidad de comerciantes y afluencia de público son: El Inti, Mercado Central de Año Nuevo, Santa Luzmila, y El Pinar, los cuales tienen deficiencias respecto al cumplimiento de las normas sanitarias, el uso de las áreas comunes y la dimensión de sus pasajes. Por lo que, es necesaria la implementación y aprobación de un Plan de Vigilancia, Prevención y Control del Covid-19 en el Distrito de Comas, a fin de mejorar las deficiencias en dichos mercados y evitar la propagación del COVID-19;

Que, la Gerencia de Fiscalización y Transporte, mediante informe de visto, señala que es necesaria la implementación y aprobación de un Plan de Mercado Saludable de Ordenamiento de Mercados Formales e Informales del distrito de Comas, a fin de mejorar las deficiencias en dichos mercados y evitar la propagación del COVID-19;

Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informe de visto, opina que el Plan de Mercado Saludable de Ordenamiento de Mercados Formales e Informales del Distrito de Comas, sea aprobada, mediante Decreto de Alcaldía;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldía resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20º y artículo 42ºde la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo 1º.- APROBAR el Plan de Mercado Saludable de Ordenamiento de Mercados Formales e Informales del Distrito de Comas, el mismo que se encuentra indicado en el ANEXO I.

Artículo 2º.- ENCARGAR a la Secretaria General la difusión del presente Decreto de Alcaldía y poner en conocimiento a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Económico y a la Gerencia de Fiscalización y Trasporte.

Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Resolución y a la Sub Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas: www.municomas.gob.pe

Regístrase, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RAÚL DÍAZ PÉREZ

Alcalde

ANEXO I

PLAN DE MERCADOS SALUDABLES DE COMAS

ANTECEDENTES:

De acuerdo con el censo nacional de mercados de abastos 2016 (realizado por produce y el INEI), el 75% de los peruanos compra alimentos y abarrotes en mercados de abastos y en las regiones este porcentaje se eleva al 91%.

El censo determina que en el Perú existen 2,612 mercados de abastos. 44 mayoristas y 2568 minoristas. Es decir, en todo el país existen 2,612 puntos (1,403, en Lima y Callao y el resto en las regiones) que debieran ser el foco de una estrategia sanitaria y de control público que evite que se conviertan en centros de contagio.

La necesidad de establecer estrategias se debe a las severas deficiencias de limpieza, orden y seguridad que tienen la mayoría de los mercados, así como sus problemas en la manipulación de alimentos y en el manejo de residuos sólidos. Basta decir que solo el 56.3% de estos lugares cuentan con licencia de funcionamiento y menos del 50% tiene certificado de defensa civil. Por si fuera poco, la presencia de ambulantes (en el 64.5% de ellos existe comercio ambulatorio en los alrededores) complica aún más esta situación.

En el caso del distrito de Comas se requiere contar con un plan para el ordenamiento de los mercados de abasto (formales e informales)

DESARROLLO DEL PLAN MERCADO SALUDABLE PARA EL ORDENAMIENTO DE LOS MERCADOS DE ABASTO DEL DISTRITO DE COMAS

missing image file

ORDENAMIENTO DE LOS MERCADOS FORMALES

En Comas tenemos 41 mercados de abasto, 40 minorista y un mercado mayorista, siendo el complejo comercial Unicachi el único mercado mayorista del distrito, los principales mercados minoristas por su extensión, cantidad de comerciantes y afluencia de público son: el inti, mercado central de Año Nuevo, Santa Luzmila, y El Pinar, los cuales tenían deficiencias respecto al cumplimiento de las normas sanitarias, el uso de las áreas comunes y la dimensión de sus pasajes.

Ante la emergencia sanitaria los mercados deben ser intervenidos por la municipalidad disponiendo la implementación de puertas de ingreso y salida que permita la fluidez de la circulación en su interior, la disminución del aforo al 30% de su capacidad, la señalización en el exterior e interior del mercado para garantizar el distanciamiento social, el protocolo de desinfección de los compradores al ingreso del mercado, la exigencia del uso de mascarillas tanto los comerciantes como los compradores, y la desinfección diaria de los puestos y áreas comunes a cargo de los comerciantes.

Cabe señalar que se durante el proceso de ordenamiento de los mercados de abasto formales se deberán clausurar los mercados que no cumplan las normas de salubridad, hasta la subsanación de las observaciones.

ERRADICACIÓN DE LOS MERCADOS INFORMALES

Comas es un distrito que ha crecido en forma desordenada donde alrededor de los grandes mercados minoristas se fue incrementando el comercio ambulatorio, es así, que existían las denominadas “paraditas” algunas por más de 40 años, donde no sólo había aglomeración sino además un absoluto desprecio por las normas sanitarias, por ello se ha procedido a la erradicación de los mercados informales o también llamadas “paraditas”

Las “paraditas” del distrito erradicadas son las siguientes:

CHACRACERRO 800 Ambulantes

SANTA ROSA DE COLLIQUE 900 Ambulantes

AÑO NUEVO 700 Ambulantes

SAN FELIPE 400 Ambulantes

MERCADO DE LA 11 400 Ambulantes

MERCADO EL CARMEN 200 Ambulantes

SAN CARLOS 100 Ambulantes

TOTAL 3500 Ambulantes

MERCADOS TEMPORALES SALUDABLES COMO ALTERNATIVA A LOS COMERCIANTES CON MENOR PODER ADQUISITIVO (VENDEDORES CAMINANTES)

Considerando que al realizarse el retiro y ordenamiento de las 7 “paraditas del distrito” se ha identificado aproximadamente 200 comerciantes que no cuentan con locales propios ni tampoco tienen el poder adquisitivo para alquilar uno, siendo su capital de venta no mayor a 300 soles consideramos que estos comerciantes deberán ser reubicados en mercados temporales en las siguientes ubicaciones: Campo Deportivo Héroes de la Policía, Polideportivo Micaela Bastidas, Parque Ecológico, y Campo Deportivo El Carmen.

1868963-1