Ordenanza Regional que aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones - (ROF) de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo
ORDENANZA REGIONAL
N° 322-GRJ/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 28 días del mes de Enero de 2019, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales vigente; y demás Normas Complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano.
Que, por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM se aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”, en su Artículo 2° señala que la finalidad de la presente norma es que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía. Asimismo indica en el literal f) del inciso 3.1 del artículo 3° que la presente norma es de aplicación, bajo el término genérico de entidad, a las siguientes: Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas.
Que, el inciso b) del numeral 3° del Artículo 45°del mismo cuerpo normativo establece que los Gobiernos Regionales y sus Organismos Públicos Regionales aprueban su Reglamento de Organización y Funciones, por Ordenanza Regional.
Que, el literal c) inciso 46.1 del artículo, 46° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM señala: que se requiere la aprobación o modificación de un ROF, según corresponda, en los siguientes supuestos: (…) a) Por modificación de la estructura orgánica, b) Por modificación parcial, c) Por creación o fusión de una entidad con personería Jurídica.
Que, el numeral 2° del Artículo 46° del Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM que modifica los Lineamientos de Organización del Estado aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, establece que (...). La Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces es responsable técnico de la propuesta de ROF y el informe técnico que lo sustenta. (…).
Que, el artículo 47° del precitado Decreto Supremo modificado por D.S N° 131-2018-PCM señala: que el informe técnico que sustenta la propuesta de ROF por modificación de la estructura orgánica al que se refiere el literal a) del numeral 46.1 incluye las siguientes secciones: Sección 1. Justificación de la necesidad; Sección 2. Análisis de racionalidad. El cual se debe considerar lo siguiente: a). Justificación de la estructura orgánica propuesta en todos sus niveles organizacionales, de conformidad con lo dispuesto en lo dispuesto en los artículos 6 y 16, b). Identificación y justificación técnica y legal de las funciones sustantivas asignadas a los órganos de la entidad, c). Análisis de no duplicidad de funciones. Se verifica que las funciones específicas de las unidades de organización de la entidad no se repiten entre sí ni con las de otras entidades que realicen funciones o actividades similares; Sección 3. Recursos presupuestales.
Que, con Informe técnico sustentatorio del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción de Junín, señala que es necesario actualizar las funciones respectivas en cada órgano de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. En el presente proyecto de ROF se ha analizado las funciones de todos los órganos que integran la estructura orgánica actual de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Junín, llegándose a identificar que existen unidades orgánicas en el segundo y tercer nivel organizacional que requieren adaptar sus funciones a las competencias transferidas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y también se requiere la actualización a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y la Directiva N° 001-2018-PCM/SGP. Las modificaciones de las funciones del ROF propone la actualización de algunas funciones de órganos de la estructura vigente, se propone la creación de 2 nuevas sub direcciones en la Dirección de Promoción y protección de los Derechos fundamentales y de la seguridad y salud en el trabajo en concordancia con lo establecido en el ROF del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado con Decreto Supremo N° 020-2017-TR.
Informe técnico N° 026-2019-GGR/ORDITI, de fecha 01 de octubre del 2019, el Director Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información remite a Gerencia General Regional el proyecto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones, en la que concluye que el proyecto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, cumple con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos del Estado, Directiva N° 001-2018-SGP y normas conexas. Por lo tanto solicita prosiga con el trámite correspondiente para su aprobación.
Que, con Reporte N° 263-2019-GRJ-GRPPAT, de fecha 11 de diciembre del 2019, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remite a Gerencia General un informe técnico sobre el de la modificación del ROF de la DRTPE, la misma que señala que ORDITI ha emitido el correspondiente Informe Técnico N° 026-2019-GGR/ORDITI sobre la modificación del ROF de la DRTPE. Asimismo opina que la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo cuenta con los recursos presupuestales suficientes en su Presupuesto Institucional para el año 2019, considerando que la implementación de la modificación de su Reglamento de Organización y Funciones, no tiene efecto o incidencia presupuestal por lo que demanda recursos presupuestales adicionales.
Que, con Informe Legal N° 18-2020-GRJ/ORAJ, de fecha 13 de enero 2020, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica concluye que es PROCEDENTE que el Consejo Regional Junín apruebe el Proyecto del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.
Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, contando con el Dictamen N° 001-2020-GRJ-CR/CPPPATyDI de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, en concordancia con su Reglamento Interno, ha aprobado por UNANIMIDAD lo siguiente:
“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – (ROF) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y
PROMOCIÓN DEL EMPLEO”
ACUERDA:
Artículo Primero: APROBAR, la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción Del Empleo. El cual consta de 7 Títulos, 38 Artículos, 3 Disposiciones Complementarias y 2 Disposiciones Transitorias - Anexo I Organigrama Estructural de la DRTPE.
Artículo Segundo: COMUNÍQUESE, a las instancias correspondientes a fin de seguir con los trámites pertinentes.
Artículo Tercero: ENCARGAR, a la Secretaria Ejecutiva del Consejo Regional la publicación de la presente normal legal en el Diario Oficial El Peruano.
Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 28 días del mes de enero de 2020.
ABIMAEL P. ROJAS TICSE
Consejero Delegado
Por lo tanto
Mando, comuníquese y cúmplase.
Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 29 días del mes de enero de 2020.
FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS
Gobernador Regional
1868776-1