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Aprueban ampliación del plan estratégico institucional denominándose en adelante Plan Estratégico Institucional 2019 - 2023 de la Superintendencia Nacional de Salud

Aprueban ampliación del plan estratégico institucional, denominándose en adelante Plan Estratégico Institucional 2019 - 2023 de la Superintendencia Nacional de Salud

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 053-2020-SUSALUD/S

Lima, 24 de junio de 2020

VISTOS:

El Informe N° 00213-2020/OGPP e Informe Técnico Nº 021-2020-SUSALUD/OGPP, ambos de fecha 24 de junio de 2020, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 00337-2020/OGAJ, de fecha 24 de junio de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 9 de la Ley Marco del Aseguramiento Universal en Salud, Ley N° 29344 se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), así como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) en el ámbito de su competencia;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;

Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD, y sus modificatorias, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que tiene por objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y del Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que las entidades del sector público elaboran un Plan Estratégico Institucional (PEI) y un Plan Operativo Institucional (POI), los cuales orientan su accionar para el logro de los objetivos establecidos en la política institucional en el marco de las políticas y planes nacionales y territoriales; el PEI es un instrumento de gestión que identifica la estrategia de la entidad para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve y cumplir su misión;

Que, el numeral 5.7 del artículo 5 de la Guía antes mencionada, señala que en el caso de los Pliegos del Poder Ejecutivo, previamente remiten su PEI al órgano de planeamiento estratégico sectorial perteneciente al Sector al cual se encuentra adscrito, el que elaborará un primer informe de validación, y luego de ello, el CEPLAN verifica y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del Plan Estratégico Institucional;

Que, en el marco de la normativa vigente, con Resolución N° 044-2018-SUSALUD/S, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico, la misma que tiene como función: 1) determinar el plan de trabajo para elaborar o modificar el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, 2) priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales y Actividades Operativas, 3) validar el documento del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, y 4) revisar los informes de evaluación del Plan Estratégico Institucional.

Que, con Resolución de Superintendencia N° 050-2019-SUSALUD/S, se aprobó la ampliación del Plan Estratégico Institucional 2019 – 2021 con extensión del horizonte de tiempo hasta el 2022, denominándose en adelante, Plan Estratégico Institucional 2019-2022 de la Superintendencia Nacional de Salud;

Que, mediante Oficio Circular N° 353-2019-OGPPM-OPEE/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, comunica a SUSALUD, que CEPLAN a través del Oficio N° D000530-2019-CEPLAN-DNCP, ha señalado que, con la finalidad de facilitar la elaboración y registro del POI Multianual 2021-2023, ha visto por conveniente admitir la solicitud para la ampliación del periodo de vigencia de los Planes Estratégicos Institucionales con vencimiento en estos años y su respectiva aprobación; razón por la cual, mediante Acta N° 003-2020-SUSALUD/CPE, la Comisión de Planeamiento Estratégico valida la extensión del horizonte del PEI 2019-2022 vigente, al año 2023, conforme a lo indicado por el ente rector;

Que, mediante Informe N° 141-2020-OPEE-OGPPM/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, valida la extensión del horizonte de tiempo del Plan Estratégico Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud al 2023, al encontrarse articulado a la Política General de Gobierno y al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Salud;

Que, mediante el Informe Técnico N° D000107-2020-CEPLAN-DNCPPEI, el CEPLAN verifica y valida la extensión del horizonte del Plan Estratégico Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud al 2023, en el marco de la normativa vigente;

Que, el literal a) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, establece que es función del Consejo Directivo aprobar el Plan Estratégico Institucional, por lo que, mediante Sesión Extraordinaria N° 04-2020-CD, se ratificó la extensión del horizonte del Plan Estratégico Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud al 2023; por ello, en adelante se le denominará Plan Estratégico Institucional 2019-2023 de la Superintendencia Nacional de Salud;

Con los vistos del Gerente General, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR la ampliación del Plan Estratégico Institucional 2019 – 2022 con extensión del horizonte de tiempo hasta el 2023; denominándose, en adelante, Plan Estratégico Institucional 2019 – 2023 de la Superintendencia Nacional de Salud, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Salud el seguimiento y evaluación del PEI 2019-2023.

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SUSALUD (www.susalud.gob.pe).

Artículo 4.- DISPONER la publicación del Plan Estratégico Institucional 2019-2023 de la Superintendencia Nacional de Salud en el Portal Institucional de SUSALUD (www.susalud.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL

Superintendente

1868945-1