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Aprueban el Procedimiento General de Acreditación Código: DA-acr-01P en su versión 04; y el Reglamento para el Uso del Símbolo de Acreditación y Declaración de la condición de acreditado Código: DA-acr-05R en su versión 02

Aprueban el Procedimiento General de Acreditación, Código: DA-acr-01P, en su versión 04; y, el Reglamento para el Uso del Símbolo de Acreditación y Declaración de la condición de acreditado, Código: DA-acr-05R, en su versión 02

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 001-2020-INACAL/DA

Lima, 18 de junio de 2020

VISTO:

El Procedimiento General de Acreditación con Código DA-acr-01P, versión 04, fechado el 17 de junio de 2020; y, el Reglamento para el Uso del Símbolo de Acreditación y Declaración de la condición de acreditado, Código: DA-acr-05R, en su versión 02, fechado el 17 de junio de 2020.

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, establece que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad;

Que, el numeral 25.6 del artículo 25° de la citada Ley, establece que el órgano de línea responsable de la materia de acreditación del INACAL aprueba documentos normativos en materia de acreditación, así como textos afines; esto en concordancia con los acuerdos y normas internacionales sobre la materia;

Que, el artículo 37° del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, establece que la Dirección de Acreditación es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Acreditación, goza de autonomía técnica y funcional;

Que, en tal sentido se han identificado procedimientos matrices que deben ser actualizados como base para la posterior aprobación de otros documentos dentro del referido sistema, como son el Procedimiento General de Acreditación y el Reglamento para el Uso del Símbolo de Acreditación y Declaración de la condición de acreditado;

Que, el numeral 8.2.1 de la NTP – ISO/IEC 17011:2017 Evaluación de la Conformidad. Requisitos para los organismos de acreditación que realizan acreditación de organismos de evaluación de la conformidad, establece que: “El organismo de acreditación debe poner a disposición pública la siguiente información, mediante publicaciones, medios electrónicos u otros medios, sin que se solicite, y debe actualizarla a intervalos adecuados: (…) b) información sobre el proceso de acreditación”;

Que, el Procedimiento General de Acreditación es un documento matriz que establece los pasos que aplicará la Dirección de Acreditación del INACAL para realizar la evaluación a los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC), con relación a los procedimientos de acreditación, mantenimiento, supervisión, renovación, actualización, ampliación y reducción;

Que, el Reglamento para el Uso del Símbolo de Acreditación y Declaración de la condición de acreditado, es un documento matriz que establece las disposiciones para el uso del símbolo de acreditación y para la declaración de la condición de acreditado por parte de los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC) acreditados;

Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario aprobar nuevas versiones de los documentos antes mencionados, que corresponden al sistema de gestión de la Dirección de Acreditación.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; y, el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL .

SE RESUELVE:

Artículo 1°.-  APROBAR los documentos: “Procedimiento General de Acreditación, Código DA-acr-01P, en su versión 04” y, el “Reglamento para el Uso del Símbolo de Acreditación y Declaración de la condición de acreditado, Código: DA-acr-05R, en su versión 02”, que, como anexos, forman parte integrante de la presente resolución directoral.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución directoral y sus anexos en el Portal Institucional del INACAL (www.inacal.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente resolución directoral en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3°.- Deróguese, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución directoral, el Procedimiento General de Acreditación, Código DA-acr-01P, en su versión 03, teniendo en consideración lo establecido en la Única Disposición Transitoria de la nueva versión del Procedimiento General de Acreditación aprobada en el artículo 1..

Artículo 4º.- Deróguese a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución directoral, el Reglamento para el Uso del Símbolo de Acreditación y Declaración de la condición de acreditado, Código: DA-acr-05R, en su versión 01; así como todas aquellas resoluciones directorales que se opongan a la presente Resolución Directoral.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ESTELA CONTRERAS JUGO

Directora de Acreditación

1868722-1