Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 1511-2020
Lima, 3 de junio de 2020
EL SECRETARIO GENERAL
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Edgard Giovanny Bedregal Cárdenas para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros y Actividades de Seguros Transfronterizas: Sección III De los Corredores de Seguros de Personas; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado por Resolución S.B.S Nº 808-2019 (en adelante, el reglamento), se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas;
Que, la Secretaria Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 28 de mayo 2020, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Edgard Giovanny Bedregal Cárdenas, postulante a Corredor de Seguros de Personas, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S Nº 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación;
Que el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el reglamento y en el citado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modificatorias- Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S Nº 1678-2018.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Edgard Giovanny Bedregal Cárdenas, con matricula numero N-4975, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, a cargo de esta Superintendencia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MELGAR ROMARIONI
Secretario General
1868217-1