Modifican el código 2.7 del Anexo N° 2 “Asignación del ISBN” del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú
Resolución Jefatural
Nº 068-2020-BNP
Lima, 17 de junio de 2020
VISTOS:
El Memorando N° 133-2020-BNP-J-DGC de fecha 15 de junio de 2020, de la Dirección de Gestión de las Colecciones; el Memorando N° 000680-2020-BNP-GG-OA de fecha 16 de junio de 2020, de la Oficina de Administración; el Memorando N° 000264-2020-BNP-J-DAPI de fecha 17 de junio de 2020, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; el Memorando N° 000413-2020-BNP-GG-OPP de fecha 17 de junio de 2020, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 000149-2020-BNP-GG-OAJ de fecha 17 de junio de 2020, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 3 y 7 de la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú establecen que la entidad tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y financiera, precisando que una de las fuentes de los recursos económicos de la Biblioteca Nacional del Perú proviene de los recursos directamente recaudados;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, que aprueba las disposiciones aplicables a las entidades del sector público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, establece que: “Para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes a los ciudadanos, las Entidades del Sector Público requieren contar con autorización de Ley expresa. (…)”;
Que, el inciso 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS dispone que “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en (…) la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 029-2019-BNP publicada el 10 de febrero de 2019 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019, siendo modificado mediante las Resoluciones Jefaturales N° 085-2019-BNP, N° 114-2019-BNP, N° 128-2019-BNP y N° 143-2019-BNP, de fechas 18 de julio, 25 de setiembre, 30 de octubre y 20 de noviembre de 2019, respectivamente;
Que, a través del Memorando N° 133-2020-BNP-J-DGC, la Dirección de Gestión de las Colecciones como medida para impulsar la industria editorial frente a la propagación del COVID-19 y la Emergencia Sanitaria dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA y prorrogada a través del Decreto Supremo N° 020-2020-SA, propuso la modificación del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, planteando dos aspectos: (i) la reducción del costo para la asignación del número de ISBN en el caso de las publicaciones impresas; y, (ii) la gratuidad para la asignación del número de ISBN para el caso de las publicaciones digitales;
Que, por medio del Memorando N° 000680-2020-BNP-GG-OA, la Oficina de Administración hizo suyo el Informe N° 000169-2020-BNP-GG-OA-EAF, de su Equipo de Trabajo de Administración Financiera, el cual considera viable la propuesta de modificación del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú;
Que, mediante Memorando N° 0000413-2020-BNP-GG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hizo suyo los Informes Técnicos N° 000038-2020-BNP-GG-OPP-EMO y N° 000022-2020-BNP-GG-OPP-EPIP, de sus Equipos de Trabajo de Modernización y de Planificación, Inversiones y Presupuesto, respectivamente, los cuales emitieron opinión favorable respecto de la propuesta de modificación del Tarifario;
Que, por medio del Informe Legal N° 000149-2020-BNP-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión en el marco de su competencia, recomendando la modificación del Tarifario;
Con el visado de la Dirección de Gestión de las Colecciones, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica; y, el Equipo de Trabajo de Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
De conformidad con la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; y, demás normativa pertinente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- MODIFICAR el código 2.7 del Anexo N° 2 “Asignación del ISBN” del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Resolución Jefatural N° 029-2019-BNP y modificada por las Resoluciones Jefaturales N° 085-2019-BNP, N° 114-2019-BNP, N° 128-2019-BNP y N° 143-2019-BNP, respectivamente, conforme al siguiente detalle:
2.7 |
Asignación del ISBN |
|||
2.7.1 |
Por asignación del número de ISBN y código de barra para publicación impresa |
1. Efectuar el pago (Solo para los servicios de código 2.7.1 y 2.7.3) |
0.86 |
37.00 |
2.7.2 |
Por asignación del número de ISBN y código de barra para publicación digital |
0.00 |
Gratuito |
|
2.7.3 |
Conversión de 10 a 13 dígitos y código de barra |
0.19 |
8.30 |
Artículo 2.- DISPONER que la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística publique la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), en la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EZIO NEYRA MAGAGNA
Jefe Institucional
1868320-1