Ratifican el “Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China”
decreto supremo
N° 017-2020-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el “Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China” fue suscrito el 19 de agosto de 2019, en la ciudad de Lima, República del Perú;
Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú, que facultan al señor Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China”, suscrito el 19 de agosto de 2019, en la ciudad de Lima, República del Perú.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro del citado convenio, así como su fecha de entrada en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al nuevo Congreso de la República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil veinte.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
GUSTAVO MEZA-CUADRA V.
Ministro de Relaciones Exteriores
1868303-3