Aprueban la contratación del Estudio Foley Hoag LLP, seleccionado en el marco de la Ley N° 28933 que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 174-2020-EF/43
Lima, 17 de junio del 2020
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 7 de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea la Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales de inversión, estando a cargo de ésta la selección de los servicios de abogados y otros profesionales que se requieran, mientras que la contratación será realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2009-EF, se aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933;
Que, el artículo 4 del citado procedimiento establece las condiciones y el procedimiento que la mencionada Comisión Especial debe seguir para seleccionar al estudio de abogados que se hará cargo de la defensa del Estado peruano en las controversias internacionales de inversión;
Que, en atención a las facultades otorgadas mediante la Ley N° 28933, la citada Comisión Especial solicita la contratación de la defensa legal que represente al Estado peruano en la etapa de Arbitraje Internacional iniciada por el señor Bacilio Amorrortu en contra de la República del Perú, habiendo seleccionado para dicho efecto al Estudio Foley Hoag LLP para que brinde asesoría jurídica al Estado peruano en el presente caso;
Que, la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración a través del Informe N° 0313-2020-EF/43.03, señala que se cuenta con la certificación de crédito presupuestario para atender la contratación del citado Estudio de Abogados, según las Notas de Certificación de Crédito Presupuestario Nos. 0000001009 y 0000001022 por el monto de S/ 1 190 000,00 (UN MILLON CIENTO NOVENTA MIL Y 00/100 SOLES), emitida por la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración; asimismo, las mencionadas Oficinas a través del Memorando N° 0468-2020-EF/43.06, señalan que existe una previsión presupuestaria de S/ 11 639 250,00 (ONCE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES) para los Años Fiscales 2021, 2022, 2023 y 2024 para la referida contratación;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica adjunta al Memorando N° 0351-2020-EF/42.02, el Informe N° 0365-2020-EF/42.02 de su Oficina de Asuntos Jurídicos Económicos y Administrativos, con opinión favorable sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio Foley Hoag LLP; y,
De conformidad con la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; y, con el Decreto Supremo N° 002-2009-EF que aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la contratación del Estudio Foley Hoag LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Autorizar al/a la Director/a General de la Oficina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato de prestación de servicios de asesoría jurídica con el Estudio Foley Hoag LLP.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
1868233-1