Ordenanza que aprueba el cambio de zonificación del Sub Sector 1A-7 Pampas de Chen Chen, distrito de Moquegua, provincia Mariscal Nieto - Moquegua
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 005-2020-MPMN
Moquegua, 3 de junio de 2020
EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:
VISTO, el Acuerdo de Concejo Nº 014-2020-MPMN de fecha 02 de Marzo de 2020, que en su artículo 2º encarga el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial y además la implementación de la Ordenanza Municipal respectiva.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en armonía con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto al rol de las municipalidades provinciales, establece que le corresponde planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial. Las municipalidades provinciales son responsables de promover e impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo integral correspondiente al ámbito de su provincia, recogiendo las prioridades propuestas en los procesos de planeación de desarrollo local de carácter distrital;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2018-MPMN de fecha 28 de Junio 2018 se aprobó Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua - Samegua 2016 – 2026;
Que, el Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en su artículo 99º define a la Zonificación como el instrumento técnico normativo de gestión urbana que contiene el conjunto de de normas técnicas urbanísticas para la regulación del uso y la ocupación del suelo en el ámbito de actuación y/o intervención de los Planes de Desarrollo Urbano, en función a los objetivos de desarrollo sostenible, a la capacidad de soporte del suelo y a las normas pertinentes, para localizar actividades con fines sociales y económicos como vivienda, recreación, protección y equipamiento; así como, la producción industrial, comercio, transportes y comunicaciones;
Que, el Decreto Supremo citado establece en su artículo 38º que las municipalices provinciales aprueban las modificaciones al Plan de Desarrollo Urbano y señala que el procedimiento es el mismo que se necesita para su aprobación, en este artículo señala que el cambio de Zona de Reglamentación Especial, constituye modificación por lo que se debe observar el procedimiento establecido en el artículo 36º;
Que, el mismo cuerpo de leyes en los artículos 103º al 107º establece las normas legales para el Cambio de Zonificación incluyendo su formulación o iniciativa de propuesta, requisitos, procedimiento, evaluación técnica por parte de la municipalidad provincial y las condiciones;
Que, mediante con Partida Registral Nº11025025 de la SUNARP, se tiene inscrito como propiedad de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, el inmueble ubicado en el Sector 1A-7 CP. Chen Chen, Distrito y Departamento de Moquegua, con un área de 12,726.25 m2, y un perímetro de 540.29 ml; Que, mediante con Partida Registral Nº11029152 de la SUNARP, se tiene inscrito como propiedad de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, el inmueble ubicado en el Sector 1A-4 CP. Chen Chen, Distrito y Departamento de Moquegua, con un área de 22,425.66 m2, y un perímetro de 4,579.87 ml.
Que, mediante expediente Nº 1910809 el Presidente de Asociación de Vivienda Cerrito Buenavista del Centro Poblado Chen Chen solicita el cambio de zonificación del SUBSECTOR 1A-7 PAMPAS DE CHEN CHEN – Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto – Moquegua, manifestando que sus socios están en posesión durante varios años, dado que los mismos no son propietarios ni promotores inmobiliarios, la petición formulada es acogida por la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, por lo que en adelante debe considerarse de oficio conforme a lo establecido en el Art. 103 numeral 3 del Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA;
Que, con Informe Nº 2040-2019-SGPCUAT-GDUAAT/GM/MPMN del Sub Gerente de Planeamiento Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, concluye que se ha cumplido con los plazos para la elaboración y requerimientos técnicos para el cambio de zonificación del SUBSECTOR 1A-7 PAMPAS DE CHEN CHEN – Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto – Moquegua con los siguientes linderos y medidas perimétricas;
- NORTE: Colinda con el Complejo Deportivo y Calle Nº 07 mediante tres líneas rectas, que une el tramo I–H, con 78.96 ml, tramo H-G, de 10.41 ml, y el tramo G-F, de 27,12 ml.
- SUR: Colinda con la Asociación de Vivienda Villa Jerusalén, Sub Sector 1A-5, mediante dos líneas rectas que unen los tramos A-K de 32.07 ml., y el tramo K-J de 68.13 ml.
- ESTE: Colinda con la Asociación de Vivienda Villa Jerusalén, mediante una línea recta que uno el tramo I-J de 103.05 ml.
- OESTE: Colinda con el Complejo Deportivo, Sub Sector A-20, S ub Sector 19ª, mediante cuatro líneas rectas que une los vértices A-B de 30.05 ml., tramo B-C de 15.36 ml. tramo C-D de 131.64 ml. tramo D-E de 15.36 ml. y el tramo E-F de 28.13 ml.
Inscrito en la Partida Registral Nº 11025025
Área: 12,726.25 m2 o también 1.2726 Has.
Perímetro: 540.28 ml.
Que, revisado el expediente administrativo se tiene que el cambio de zonificación del SUBSECTOR 1A-7 PAMPAS DE CHEN CHEN – Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto – Moquegua, cumple con las normas legales vigentes, concluyéndose la etapa de elaboración por parte de la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial, de acuerdo a lo normado por el numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, constituyendo las Propuesta Final de cambio de zonificación del SUBSECTOR 1A-7 PAMPAS DE CHEN CHEN – Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto – Moquegua.
Que, aparece del expediente administrativo la existencia del proceso judicial signado con Exp. Nº 00334-2018-0-2801-JM-CI-02 sobre Desalojo en la que la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto a través del Procurador Publico Municipal demanda a la Asociación de Vivienda Cerrito de Buenavista Chen Chen, cuyo estado es el de “En Trámite”, el mismo que fue objeto de pronunciamiento mediante el Informe Nº 399-2019-PPM/MPMN del Abogado Wilson Colquehuanca Blanco, Procurador Publico Municipal que concluye: que de existir un cambio de zonificación dicha actuación no afectaría el proceso judicial con Exp. Nº 00334-2018-0-2801-JM-CI-02; ello teniendo en consideración que lo que se pretende, es recuperar la propiedad del Estado y el desalojo de ocupantes ilegales. Razón por la cual de existir un cambio de zonificación previas evaluación por el área competente esta no afectaría el derecho de propiedad del Estado – Municipalidad Provincial Mariscal Nieto sobre el predio ubicado en el Sub B Sector 1A- 7 Pampas de Chen Chen.
Que, con Informe Nº 2040-2019-SGPCUAT/GDUAAT/GM/MPMN el Sub Gerente de Planeamiento Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, concluye que el Estudio Técnico se encuentra conforme y cumple con todo el procedimiento establecido para la aprobación del Plan Específico, requisitos exigidos en el Decreto. Supremo. Nº 022-2016-VIVIENDA.
Que, revisado el expediente administrativo se tiene que el ESTUDIO TÉCNICO SUSTENTATORIO PARA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL SUBSECTOR 1A-7 PAMPAS DE CHEN CHEN – DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA propuesto por la Sub Gerencia de Planeamiento Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, cumple con las normas legales vigentes, concluyéndose la etapa de elaboración por parte de la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, constituyendo la propuesta Final.
Que, con Informe Nº 071-2020-GAJ/GM/MPMN, de fecha 20 de enero del 2020, la Gerencial de Asesoría Jurídica, emite opinión legal señalando que es procedente el CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL SUB SECTOR 1ª-7 PAMPAS DE CHEN CHEN – DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO - MOQUEGUA, por lo que indica que se remita los actuados a la Comisión de Regidores para su conocimiento, evaluación, revisión y Aprobación.
Que, con Dictamen Nº 002-2020-CODUAyAT-MPMN la Comisión Ordinaria de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial dictamina que es PEOCEDENTE, que mediante Acuerdo de Concejo se APRUEBE el “CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL SUB SECTOR 1ª-7 PAMPAS DE CHEN CHEN – DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA”;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº 014-2020-MPMN de fecha 02 de Marzo del 2020, se acordó Aprobar el Cambio de zonificación del sub sector 1A-7 Pampas de Chen Chen, Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto- Moquegua”;
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 26-05-2003, Ley Nº 8230 del 03-04-1936 y Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 28 de febrero del 2020 el Acuerdo de Concejo Nº 014-2020-MPMN, lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL SUB SECTOR 1A-7 PAMPAS DE CHEN CHEN, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO- MOQUEGUA.
Artículo Primero.- APROBAR el CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL SUB SECTOR 1A-7 PAMPAS DE CHEN CHEN, Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto – Moquegua; cuyos linderos y medidas perimétricas son los siguientes:
- NORTE: Colinda con el Complejo Deportivo y Calle Nº 07 mediante tres líneas rectas, que une el tramo I–H, con 78.96 ml, tramo H-G, de 10.41 ml, y el tramo G-F, de 27,12 ml.
- SUR: Colinda con la Asociación de Vivienda Villa Jerusalén, Sub Sector 1A-5, mediante dos líneas rectas que unen los tramos A-K de 32.07 ml., y el tramo K-J de 68.13 ml.
- ESTE: Colinda con la Asociación de Vivienda Villa Jerusalén, mediante una línea recta que uno el tramo I-J de 103.05 ml.
- OESTE: Colinda con el Complejo Deportivo, Sub Sector A-20, Sub Sector 19A, mediante cuatro líneas recta que une los vértices A-B de 30.05 ml., tramo B-C de 15.36 ml. tramo C-D de 131.64 ml. tramo D-E de 15.36 ml. y el tramo E-F de 28.13 ml.
Inscrito en la Partida Registral Nº 11025025
Área: 12,726.25 m2 o también 1.2726 Has.
Perímetro: 540.28 ml.
Artículo Segundo.- APROBAR LA MODIFICACION del Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua – Samegua aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2018-MPMN, en el extremo aprobado por el Artículo Primero.
Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial los trámites para la publicación en el “Peruano” y vigencia de la presente Ordenanza y al responsable de Informática para que publique en el portal web de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO
Alcalde
1867990-2