Aprueban el Lineamiento N°. 003-2020 “Protocolo actualizado de bioseguridad para el retorno laboral de magistrados y personal de la Corte Superior de Justicia de Lima en el marco de la conclusión del Estado de Emergencia Nacional por la pandemia COVID-19” y aprueban otras disposiciones
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 000198-2020-P-CSJLI-PJ
Lima, 14 de junio de 2020
VISTOS:
El Informe N° 000470-2020-CRH-UAF-GAD-CSJLI-PJ del 11 de junio de 2020 de la Coordinación de Recursos Humanos, y el Oficio N° 000105-2020-UAF-GAD-CSJLI-PJ del 12 de junio de la Unidad Administrativa y de Finanzas; y,
CONSIDERANDO:
1. El artículo 40 del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 092-2016-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa N° 176-2016-CE-PJ, establece que la Presidencia de Corte ejerce un firme liderazgo y manifiesta su respaldo a las actividades de planificación, ejecución y control desarrolladas dentro del marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. En ese sentido, como parte de sus obligaciones, garantiza la seguridad y salud de los trabajadores en el desempeño de todos los aspectos relacionados con su labor en el centro de trabajo. Igualmente, desarrolla acciones conducentes a perfeccionar los niveles de seguridad y disponer lo necesario para la adopción de medidas de prevención de riesgos laborales.
2. El 6 de mayo de 2020, esta Presidencia de Corte, a través de la Resolución Administrativa N° 000171-2020-P-CSJLI-PJ, aprobó el Lineamiento No. 001-2020 denominado «Protocolo de bioseguridad para el retorno laboral de magistrados y personal de la Corte Superior de Justicia de Lima en el marco de la conclusión del Estado de Emergencia Nacional por la pandemia COVID-19», documento que como anexo forma parte de la presente resolución. Asimismo, de dispuso que la Gerencia de Administración Distrital, Unidades, Coordinaciones y Administradores de Sede, adopten y ejecuten las medidas y acciones necesarias para la oportuna y adecuada implementación del protocolo aprobado. Igualmente, el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima adopte las medidas complementarias que sean necesarias para el cumplimiento del presente protocolo y los lineamientos del Ministerio de Salud, en el marco de sus competencias.
3. El Poder Ejecutivo mediante el Decreto Supremo N° 094-2020-PCM, dispuso entre otros, la prórroga del Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM1, a partir del 25 de mayo de 2020 hasta el 30 de junio de 2020, con el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
4. La Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de la Resolución Administrativa N° 000157-2020-CE-PJ prorrogó de la suspensión de las labores del Poder Judicial y los plazos procesales y administrativos, a partir del 25 de mayo al 30 de junio de 20202. Igualmente, dispuso la continuación de las funciones de los órganos jurisdiccionales de emergencia designados a nivel nacional hasta el 30 de junio del 2020; y estableció el inicio de la vigencia del Protocolo denominado «Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM», aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000129-2020-CE-PJ y modificado por Resolución Administrativa N° 000146-2020-CE-PJ.
Asimismo, dispuso que los Presidentes de Corte, Gerencia General; así como Gerentes y Administradores de Corte, cumplan las normas contenidas en el «Plan actualizado para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el Poder Judicial», aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000147-2020-CE-PJ; sobre todo la presentación a partir del 15 al 24 de junio de 2020 de las declaraciones juradas referidas a síntomas de COVID-19 y enfermedades preexistentes.
5. La Unidad Administrativa y de Finanzas a través del Oficio del visto, elevó el Informe N° 000470-2020-CRH-UAF-GAD-CSJLI-PJ del 11 de junio de 2020 de la Coordinación de Recursos Humanos a través del cual pone en conocimiento el «Protocolo de medida de temperatura» y el «Protocolo de Casos sospechosos y confirmados COVID-19» remitidos por el servicio de salud ocupacional de la CSJLI, a efecto de que se viabilice su aprobación teniendo en cuenta la proximidad del reinicio de labores.
6. En virtud de lo expuesto, corresponde a esta Presidencia de Corte Superior de Justicia, como máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y, encargada de la política interna de su Distrito Judicial, disponer las medidas complementarias y urgentes para la implementación del «Plan actualizado para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el Poder Judicial», con cargo a dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el Lineamiento No. 003-2020 «Protocolo actualizado de bioseguridad para el retorno laboral de magistrados y personal de la Corte Superior de Justicia de Lima en el marco de la conclusión del Estado de Emergencia Nacional por la pandemia COVID-19», documento que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- APROBAR el «Plan operativo de implementación de los lineamientos de vigilancia, prevención y control del COVID-19 en la Corte Superior de Justicia de Lima», documento que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- DESIGNAR el Comité Operativo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, para la reanudación de funciones y servicio de justicia de justicia, el mismo que está conformado de la manera siguiente:
1. Presidente de Corte.
2. Gerente de Administración Distrital.
3. Jefe de la Unidad Administrativa y de Finanzas.
4. Coordinador de Informática.
5. Administradores de Sedes.
Artículo 4.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, la Unidad Administrativa y de Fianzas, Coordinaciones y Administradores de Sede y Locales y, demás órganos que allí se detallan, adopten y ejecuten en el plazo de 14 días calendario, las medidas y acciones fijadas en el plan operativo de implementación de los lineamientos de vigilancia, prevención y control del COVID-19 en la Corte Superior de Justicia de Lima, dentro del plazo previsto, bajo responsabilidad.
Artículo 5.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital y la Unidad Administrativa y de Fianzas, dentro del plazo de 8 días calendario de culminada la fase de ejecución del «Plan operativo de implementación de los lineamientos de vigilancia, prevención y control del COVID-19 en la Corte Superior de Justicia de Lima», informen al Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima y a la Presidencia de Corte, las acciones y resultados obtenidos según los indicadores de medición que en el referido plan se destallan, bajo responsabilidad.
Artículo 6.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 000171-2020-P-CSJLI-PJ, donde se aprobó el Lineamiento No. 001-2020 «Protocolo de bioseguridad para el retorno laboral de magistrados y personal de la Corte Superior de Justicia de Lima en el marco de la conclusión del Estado de Emergencia Nacional por la pandemia COVID-19».
Artículo 7.- PONER en conocimiento la presente resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, Oficina Técnica de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Unidad Administrativa y de Finanzas, Unidad de Servicios Judiciales, Administradores de sedes y locales, Coordinación de Recursos Humanos, Coordinación de Seguridad, Coordinación de Logística, Coordinación de Informática, Oficina de Asesoría Legal, Oficina de Prensa e Imagen Institucional, y demás interesados, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA
Presidente
1867994-1