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Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Concejo de Coordinación Local (CCL) para el período 2020-2022

Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Consejo de Coordinación Local (CCL) para el período 2020-2022

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 007-2020-MPH-BCA

Bambamarca, 5 de marzo de 2020

POR CUANTO:

VISTO:

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc – Bambamarca, en Sesión Ordinaria N° 005-2020, de fecha 05 de marzo de 2020, el Informe N° 011-2020-MPH/GPPM/SGP, de fecha 03 de marzo de 2020 y el Informe N° 194-2020-MPH-BCA/GAJ, respecto a la aprobación del “Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Concejo de Coordinación Local (CCL) para el período 2020-2022”, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194 º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II Del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “los Gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, cuya autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “corresponde al Concejo Municipal: 8) Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4) y 5) del Artículo 20º de la citada norma legal, que establece “son atribuciones del Alcalde: 4) proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos. 5) Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación”;

Que, el Artículo 98º de la norma antes acotada, establece que: “El Consejo de Coordinación Local Provincial es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Provinciales. Está integrado por el Alcalde Provincial que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores provinciales; por los Alcaldes distritales de la respectiva jurisdicción provincial y por los representantes de las organizaciones sociales de base comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, colegios profesionales, universidades, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel provincial, con las condiciones y atribuciones que le señala la presente ley ( ... )”. Asimismo, el Artículo 101° de la ley en mención, señala que “El Consejo de Coordinación Local Provincial se rige por Reglamento aprobado por Ordenanza Provincial, durante el primer semestre de su funcionamiento, a propuesta del Consejo de Coordinación Local Provincial”;

Que, con Informe N° 011-2020-MPH/GPPM/SGPM, de fecha 03 de marzo de 2020, el Sub Gerente de Planeamiento y Modernización (e), alcanza el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Concejo de Coordinación Local (CCL), el mismo que establece las Disposiciones Generales, Conformación y Participación de los Miembros, Derechos y Deberes de los Miembros, Instalación y Funcionamiento del CCL;

Que, con Informe N° 194-2020-MPH-BCA/GAJ, de fecha 03 de marzo de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, se pronuncia declarando procedente la aprobación del “Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Concejo de Coordinación Local (CCL) para el período 2020-2022”;

Que, estando a lo dispuesto en los artículos 9° numeral 8), 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, contando con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores presentes, el concejo municipal aprobó la siguiente ordenanza:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL CONCEJO DE COORDINACIÓN LOCAL (CCL) PARA EL PERÍODO 2020 - 20222

Artículo Primero: APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Concejo de Coordinación Local (CCL) para el período 2020-2022.

Artículo Segundo: ENCARGAR a Secretaría General y a la Sub Gerencia de Tecnología y Sistemas de la Información, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

MARCO ANTONIO AGUILAR VÁSQUEZ

Alcalde Provincial

1867879-2