Autorizan transferencias financieras a favor de Municipalidades Distritales para la ejecución de diversos proyectos
ACUERDO REGIONAL
Nº 022-2020-GRA/CR-AREQUIPA
Arequipa, 15 de mayo del 2020
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que, conforme con el artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440 Sistema Nacional de Presupuesto Público:
76.1 Son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación a favor de pliegos o e Entidades que no constituyen pliego presupuestario.
76.2. Las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las leyes Anuales de Presupuesto del Sector Publico.
Que, el numeral 17 del Decreto de urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Publico para el Año 2020. De manera excepcional, las transferencias financieras entre entidades tal como lo detalla la Ley de Presupuesto:
e) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo ámbito de dicho Sistema Nacional , y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento , entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional ,previa suscripción del convenio respectivo .Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal solo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2020 , debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Consejo Municipal ,según corresponda ,dentro del plazo antes mencionado .
Que, para el efecto, que el artículo 17 de la Ley de Presupuesto indica que las transferencias financieras se autorizan, tratándose de los Gobiernos Regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Dicho Acuerdo del Consejo Regional debe ser publicado en el diario oficial El Peruano.
Finalmente, se refiere que la entidad que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos, resaltándose que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó la transferencia.
Que a lo anterior cabe agregar que el reglamento interno del Consejo Regional, en el numeral 16.24 del artículo 16 establece como una de las atribuciones de este órgano aprobar transferencias financieras, mediante Acuerdo Regional, previo Informe Técnico tal como se señala de la Oficina de Programación de Inversiones, Sub Gerencia de Formulación de Proyectos, la Oficina Regional de Planificación y Presupuesto y la Oficina Regional de Asesoría Jurídica:
- Informe Técnico N° 48-188-050-46-24-37-252-234-233-230-161-250-296-043-053-305-051-309-052-304—260-306-006-005 -2020-GRA/ORPPOT-OPI, Emitido Por La Oficina De Programación Multianual De Inversiones De La Oficina Regional De Planeamiento, Presupuesto Y Ordenamiento Territorial.
- Informe N° 46-455-458-453-463-466-503-457-456-459-464-465-467-492-484-483-479-486-481-472-482-485-487-494-2020-GRA/SGFPI, emitido por la Subgerencia de Formulación de Proyectos de Inversión.
- Memorándum N° 81-72-90-76-79-87-103-77-75-80-83-84-85-101-97-95-93-96-92-88-94-98-100-102-2020-GRA/ORPPOT, emitido por la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial.
- Memorándum Nro. 719-709-733-713-718-724-775-715- 714-720-726-728-727-773-749-746-743-751-744-736- 745-750-756-765 -2020-GRA/GRI
- Memorando Nro. 760-763-676-658-762-637-811-776-777-810-809-815-880-840-843-841-847-837-829-839-860-052 -2020GRA/GRSLP
- Informe N°. 327-317-336-321-330-324-351-322-320-682-333-335-329-332-349-345- 343-341- 344-340-338-342-346-348-.350.-2020-GRA/ORAJ, emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica
Que, ha efectuado el análisis legal concluyendo en la procedencia de que el Consejo emita la autorización correspondiente.
SE ACUERDA:
Primero.- Autorizar las transferencias financieras a favor de las Municipalidades Distritales siguientes:
TRANSFERENCIAS FINANCIERAS II BLOQUE |
|||||
Item |
CUI |
DENOMINACION DEL PROYECTO |
PROVINCIA |
DISTRITO |
MONTO A SER TRANSFERIDO |
1 |
2465234 |
AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO JONAY DEL ANEXO DE PIRAUCHO DEL DISTRITO DE UÑON - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CASTILLA |
UÑON |
1,297,935.77 |
2 |
2465300 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL CANAL DE RIEGO SAN ANTONIO DEL CENTRO POBLADO DE MIÑA DEL DISTRITO DE CHOCO - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CASTILLA |
CHOCO |
1,822,684.39 |
3 |
2479023 |
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE, REDES DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EL CENTRO POBLADO DE SALINAS HUITO DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE TARUCANI - PROVINCIA DE AREQUIPA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
AREQUIPA |
SAN JUAN DE TARUCANI |
2,378,775.57 |
4 |
2326624 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL DE LAS CUADRAS 05 A LA 14 DE LA CALLE AREQUIPA EN LA LOCALIDAD DE ICHUPAMPA, DISTRITO DE ICHUPAMPA, PROVINCIA DE CAYLLOMA - AREQUIPA |
CAYLLOMA |
ICHUPAMPA |
2,756,049.13 |
5 |
2480114 |
CREACION DEL SISTEMA DE DESAGÜE, PTAR Y BIODIGESTORES, EN LA COMUNIDAD DE NAHUIRA DEL DISTRITO DE CHACHAS - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CASTILLA |
CHACHAS |
1,767,760.76 |
6 |
2378081 |
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LA I.E. INICIAL JUAN OLAGUIBEL, DISTRITO DE QUICACHA - CARAVELI - AREQUIPA |
CARAVELI |
QUICACHA |
2,649,420.30 |
7 |
2331522 |
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN EL CENTRO POBLADO DE VELINGA, DISTRITO DE QUECHUALLA, PROVINCIA DE LA UNION - AREQUIPA |
LA UNION |
QUECHUALLA |
1,579,567.14 |
8 |
2482914 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN EL RESERVORIO SINCHAJOTA, DISTRITO DE SALAMANCA - PROVINCIA DE CONDESUYOS - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CONDESUYOS |
SALAMANCA |
1,065,770.52 |
9 |
2482881 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN EL RESERVORIO TABLANI DISTRITO DE SALAMANCA - PROVINCIA DE CONDESUYOS - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CONDESUYOS |
SALAMANCA |
1,318,522.96 |
10 |
2450793 |
MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO EN LAS PAMPAS DE CHOCOLLO ANEXO DE HUICCHUNA DEL DISTRITO DE POCSI - PROVINCIA DE AREQUIPA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
AREQUIPA |
POCSI |
2,542,506.34 |
11 |
2447223 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA PARA RIEGO, EN EL SECTOR LAS HACIENDAS DEL DISTRITO DE POLOBAYA - PROVINCIA DE AREQUIPA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
AREQUIPA |
POLOBAYA |
1,397,388.10 |
12 |
2458053 |
CREACION DEL SERVICIO DE RESIDENCIA ESCOLAR (ALBERGUE) EN EL DISTRITO DE CHARCANA - PROVINCIA DE LA UNION - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
LA UNION |
CHARCANA |
2,826,333.81 |
13 |
2402094 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO CENTRO POBLADO DE HUACHUY - DISTRITO DE TORO - PROVINCIA DE LA UNION - REGIÓN AREQUIPA |
LA UNION |
TORO |
3,358,543.35 |
14 |
2240243 |
MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA URBANA EN LAS CALLES DE LOS AA.HH SANTA ROSA Y ALFONSO UGARTE, PUCCHUN - DISTRITO DE MARISCAL CACERES - PROVINCIA DE CAMANA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CAMANA |
MARISCAL CACERES |
2,117,001.48 |
15 |
2332011 |
AMPLIACION DE LA INFRAESTRUCTURA DE RIEGO EN EL SECTOR DE CANAHUA-ISPACAS, DEL DISTRITO DE YANAQUIHUA, PROVINCIA DE CONDESUYOS - AREQUIPA |
CONDESUYOS |
YANAQUIHUA |
1,909,458.87 |
16 |
2181277 |
MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE RIEGO DE LA LOCALIDAD DE CHANCHALLAY, DISTRITO DE CHICHAS, PROVINCIA DE CONDESUYOS - AREQUIPA |
CONDESUYOS |
CHICHAS |
1,908,337.89 |
17 |
2468748 |
CREACION DEL PUENTE CARROZABLE SECTOR CASCONZA - TUHANA DEL DISTRITO DE IRAY - PROVINCIA DE CONDESUYOS - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CONDESUYOS |
IRAY |
1,193,135.83 |
18 |
2404584 |
CREACION DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN ANTE INUNDACIONES EN EL RIO TAMBO, SECTOR PAN DE AZUCAR LA ISLA - DISTRITO DE COCACHACRA - PROVINCIA DE ISLAY - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
ISLAY |
COCACHACRA |
1,321,893.25 |
19 |
2400807 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN LA COMISION DE USUARIOS PAMPAMARCA, CENTRO POBLADO DE PAMPAMARCA - DISTRITO DE PAMPAMARCA - PROVINCIA DE LA UNION - REGION AREQUIPA |
LA UNION |
PAMPAMARCA |
2,510,385.01 |
20 |
2481962 |
MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL URBANA DE LOS AA.HH. LAS PALMERAS Y VIRGEN DE CHAPI DEL DISTRITO DE VITOR - PROVINCIA DE AREQUIPA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
AREQUIPA |
VITOR |
2,959,575.14 |
21 |
2423195 |
CREACION DEL RESERVORIO CASIHUA EN EL DISTRITO DE VIRACO - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CASTILLA |
VIRACO |
549,104.72 |
22 |
2455499 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN LA LATERAL SECTOR HUARANGO DE LA LOCALIDAD SAN JUAN DE CATAS - DISTRITO DE PUNTA DE BOMBON - PROVINCIA DE ISLAY - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
ISLAY |
PUNTA DE BOMBON |
840,333.11 |
23 |
2404121 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO CANAL ORCCOYA, CCUANCA, CHAIRAGUA Y ARCCO, DISTRITO DE LARI - PROVINCIA DE CAYLLOMA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CAYLLOMA |
LARI |
2,288,928.17 |
24 |
2467702 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD PEATONAL Y VEHICULAR DE LAS CALLES EN EL ANEXO DE MISAHUANCA DEL DISTRITO DE ORCOPAMPA - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CASTILLA |
ORCOPAMPA |
2,127,960.76 |
TOTAL |
|
|
46,487,372.37 |
Segundo.- Disponer que el Órgano Ejecutivo Regional , de manera previa a la ejecución de las trasferencias financieras , suscriba los respectivos Convenios con los Gobiernos Locales beneficiarios ,debiéndose alcanzar al Consejo Regional copias de tales documentos en el término de cinco (05) días hábiles a partir de su suscripción.
Tercero.- Dejar expresamente indicado que las Transferencias Financieras no podrán ser destinadas a ninguna actividad y/o proyecto distinto a los que han dado lugar a las autorizaciones, bajo responsabilidad.
Cuarto.- Precisar que el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los proyectos de Inversión Pública que han dado lugar a las autorizaciones de transferencias financieras será responsabilidad de la Gerencia Regional de Infraestructura y de la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos.
Quinto.- Señalar que el Consejo Regional de Arequipa efectuara las acciones de fiscalización que se estimen convenientes, lo que expresamente deberá ser consignado con los convenios a suscribir por el Órgano Ejecutivo.
Sexto.- Encargar al Órgano Ejecutivo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, conforme lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2020.
POR TANTO:
Regístrese y cúmplase.
WUILE AYÑAYANQUE ROSAS
Presidente del Consejo Regional
1867860-1