Autorizan transferencias financieras a favor de diversas Municipalidades Distritales para la ejecución de proyectos
ACUERDO REGIONAL
Nº 016-2020-GRA/CR-AREQUIPA
Arequipa, 15 de abril del 2020
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que, conforme con el artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440 Sistema Nacional de Presupuesto Público:
76.1 Son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación a favor de pliegos o e Entidades que no constituyen pliego presupuestario.
76.2 Las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las leyes Anuales de Presupuesto del Sector Publico.
Que, el numeral 17 del Decreto de urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Publico para el Año 2020. De manera excepcional, las transferencias financieras entre entidades tal como lo detalla la Ley de Presupuesto:
e) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo ámbito de dicho Sistema Nacional , y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento , entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo .Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal solo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2020 , debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Consejo Municipal ,según corresponda ,dentro del plazo antes mencionado.
Que, para el efecto, que el artículo 17 de la Ley de Presupuesto indica que las transferencias financieras se autorizan, tratándose de los Gobiernos Regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Dicho Acuerdo del Consejo Regional debe ser publicado en el diario oficial El Peruano.
Finalmente, se refiere que la entidad que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos, resaltándose que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó la transferencia.
Que a lo anterior cabe agregar que el reglamento interno del Consejo Regional, en el numeral 16.24 del artículo 16 establece como una de las atribuciones de este órgano aprobar transferencias financieras, mediante Acuerdo Regional, previo Informe Técnico tal como se señala de la Oficina de Programación de Inversiones, Sub Gerencia de Formulación de Proyectos, la Oficina Regional de Planificación y Presupuesto y la Oficina Regional de Asesoría Jurídica:
- Informe Técnico: N° 016, 012, 019, 013, 027, 011, 003, 017, 024, 025, 018, 010, 0021, 274, 001, 014, -2020-GRA/ORPPOT-OPI, Emitido Por La Oficina De Programación Multianual De Inversiones De La Oficina Regional De Planeamiento, Presupuesto Y Ordenamiento Territorial.
- Informe: N° 332, 351, 333, 334, 364, 357, 335, 331, 347, 277, 350, 337, 349, 274, 336, 352-2020-GRA/SGFPI, emitido por la Subgerencia de Formulación de Proyectos de Inversión.
- Memorándum N° 39, 49, 41, 43, 53, 51, 38, 42, 46, 52, 45, 40, 48, 37, 44, 47-2020-GRA/ORPPOT, emitido por la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial.
- Informe: N° 230, 243, 228, 240, 244, 241, 235, 232, 233, 245, 242, 238, 236, 234, 229, 239-2020-GRA/ORAJ, emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica.
Que, ha efectuado el análisis legal concluyendo en la procedencia de que el Consejo emita la autorización correspondiente.
SE ACUERDA:
Primero.- Autorizar la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de:
ITEM |
COD. |
PROYECTO |
PROVINCIA |
DISTRITO |
MONTO A TRANSFERIR |
1 |
2159793 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E. SAN JUAN BAUTISTA DE SALAMANCA DEL DISTRITO DE SALAMANCA, PROVINCIA CONDESUYOS, AREQUIPA |
CONDESUYOS |
SALAMANCA |
750,201.30 |
2 |
2405331 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y CREACIÓN DEL SERVICIO DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LAS ZONAS RURAL DISTRITO DE ANDARAY - PROVINCIA DE CONDESUYOS - REGIÓN AREQUIPA |
CONDESUYOS |
ANDARAY |
3,527,080.80 |
3 |
2460331 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL DEL ACCESO AL CEMENTERIO DE HUILLUCO DEL ANEXO DE HUILLUCO DEL DISTRITO DE CHILCAYMARCA - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CASTILLA |
CHILCAYMARCA |
169,384.76 |
4 |
2464151 |
MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN EL CENTRO POBLADO AYO DEL DISTRITO DE AYO - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CASTILLA |
AYO |
3,442,508.22 |
5 |
2324868 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL DE LA LOCALIDAD DE ANDAGUA DEL DISTRITO DE ANDAGUA, PROVINCIA DE CASTILLA - AREQUIPA |
CASTILLA |
ANDAGUA |
1,938,958.00 |
6 |
2462958 |
MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN EL INGRESO AL CENTRO POBLADO DE TAGRE DEL DISTRITO DE TIPAN - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CASTILLA |
TIPAN |
718,439.68 |
7 |
2452471 |
MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VIAL Y PEATONAL DE LA CALLE 11 CUADRAS 03 - 06 EN LA LOCALIDAD DE CHILCAYMARCA DEL DISTRITO DE CHILCAYMARCA - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CASTILLA |
CHILCAYMARCA |
560,000.00 |
8 |
2460743 |
MEJORAMIENTO DEL PUENTE JOSÉ OLAYA DEL DISTRITO DE COPORAQUE - PROVINCIA DE CAYLLOMA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CAYLLOMA |
COPORAQUE |
150,289.84 |
9 |
2456272 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA DE LA AV. FERROCARRIL CUADRAS 01 AL 06, CALLE AREQUIPA CUADRA 01 Y CALLE RAMON CASTILLA CUADRA 01 EN LA LOCALIDAD DE IMATA DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO DE CHUCA - PROVINCIA DE CAYLLOMA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CAYLLOMA |
SAN ANTONIO DE CHUCA |
1,231,393.44 |
10 |
2289401 |
MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR DEL TRAMO 0+500 AL 1+720 EN LA AVENIDA CHACAPI DEL DISTRITO DE YANQUE, PROVINCIA DE CAYLLOMA - AREQUIPA |
CAYLLOMA |
YANQUE |
1,673,769.97 |
11 |
2302436 |
MEJORAMIENTO DE LOS CANALES PRINCIPALES IRRIGACION Y CCASAO DEL DISTRITO DE LLUTA, PROVINCIA DE CAYLLOMA - AREQUIPA |
CAYLLOMA |
LLUTA |
1,964,041.47 |
12 |
2440248 |
CONSTRUCCIÓN DE CERCO PERIMÉTRICO; EN EL(LA) IE 40529 VICTOR ANDRES BELAUNDE - TAURIA EN LA LOCALIDAD TAURIA, DISTRITO DE TAURIA, PROVINCIA LA UNION, DEPARTAMENTO AREQUIPA |
LA UNIÓN |
TAURIA |
1,026,021.92 |
13 |
2055927 |
CONSTRUCCION DE ACCESO VIAL HACIA LOS ATRACTIVOS TURISTICOS DEL DISTRITO DE QUECHUALLA, PROVINCIA DE LA UNION, AREQUIPA |
LA UNIÓN |
QUECHUALLA |
227,741.76 |
14 |
2433262 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD PEATONAL Y VEHICULAR EN EL AA.HH. VILLA PARAÍSO DEL DISTRITO DE DEAN VALDIVIA - PROVINCIA DE ISLAY - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
ISLAY |
DEAN VALDIVIA |
2,709,892.03 |
15 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL PRIMARIO Y SECUNDARIO DE LA I.E. N 40244 VIRGEN DE LA CANDELARIA DISTRITO DE QUILCA - PROVINCIA DE CAMANA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
CAMANA |
QUILCA |
4,109,664.30 |
|
16 |
MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL SANTA ISABEL - CARRETERA PANAMERICANA, DISTRITO DE SANTA ISABEL DE SIGUAS - AREQUIPA - AREQUIPA |
AREQUIPA |
AREQUIPA |
3,480,467.76 |
|
TOTAL |
|
|
27,679,855.25 |
Siendo de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios
Segundo.- Disponer que el Órgano Ejecutivo Regional , de manera previa a la ejecución de las trasferencias financieras , suscriba los respectivos Convenios con los Gobiernos Locales beneficiarios, debiéndose alcanzar al Consejo Regional copias de tales documentos en el término de cinco (05) días hábiles a partir de su suscripción.
Tercero.- Dejar expresamente indicado que las Transferencias Financieras no podrán ser destinadas a ninguna actividad y/o proyecto distinto a los que han dado lugar a las autorizaciones, bajo responsabilidad.
Cuarto.- Precisar que el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los proyectos de Inversión Pública que han dado lugar a las autorizaciones de transferencias financieras será responsabilidad de la Gerencia Regional de Infraestructura y de la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos.
Quinto.- Señalar que el Consejo Regional de Arequipa efectuara las acciones de fiscalización que se estimen convenientes, lo que expresamente deberá ser consignado con los convenios a suscribir por el Órgano Ejecutivo.
Sexto.- Encargar al Órgano Ejecutivo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, conforme lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2020.
POR TANTO:
Regístrese y cúmplase.
WUILE AYÑAYANQUE ROSAS
Presidente del Consejo Regional
1867861-1