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Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud

Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN secretarial

N° 72-2020-MINSA

Lima, 8 de junio del 2020

VISTOS; los Expedientes N° 19-028515-003 y N° 20-043745-001, que contienen el Memorándum N° 289-2020-OGGRH-OARH-EPP/MINSA, el Informe N° 009-2020-EPP-OARH-OGGRH/MINSA, el Memorándum N° 683-2020-OGGRH-OARH-EPP/MINSA y el Informe N° 124-2020-EPP-OARH-OGGRH/MINSA, emitidos por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; los Informes N° 058-2020-OOM-OGPPM/MINSA y N° 085-2020-OOM-OGPPM/MINSA emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 453-2020-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30057 se aprobó la Ley del Servicio Civil, la misma que en la Cuarta Disposición Complementaria Final, modificada por el Decreto Legislativo N° 1450, establece que el Cuadro para Asignación de Personal – CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE;

Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades; mientras que la Última Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE se formalizó la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.5 de la Directiva mencionada en el considerando precedente, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057. Las normas referidas al CAP-P que deben aplicar las entidades de los tres niveles de gobierno se encuentran establecidas, entre otros, en el Anexo 4 de la citada Directiva;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA, de fecha 5 de marzo de 2017, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado mediante Decreto Supremo N° 011-2017-SA y Decreto Supremo N° 032-2017-SA;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 1332-2018/MINSA se aprobó el Reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Administración Central del Ministerio de Salud;

Que, según el numeral 5 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento que permite efectuar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “n° de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasificación”, “situación del cargo” y “cargo de confianza”; y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del referido anexo;

Que, asimismo, el numeral 5 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH antes mencionada precisa que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la Oficina de Recursos Humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la Oficina de Racionalización, o quien haga sus veces;

Que, de acuerdo al literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública, y en el caso del Ministerio de Salud, dicha titularidad recae en la Secretaría General, según lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA;

Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, a través del Memorándum N° 289-2020-OGGRH-OARH-EPP/MINSA, traslada el Informe N° 009-2020-EPP-OARH-OGGRH/MINSA; posteriormente, con el Memorándum N° 683-2020-OGGRH-OARH-EPP/MINSA remite el Informe N° 124-2020-EPP-OARH-OGGRH/MINSA; mediante los cuales sustenta la propuesta para el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud;

Que, mediante los Informes N° 058-2020-OOM-OGPPM/MINSA y N° 085-2020-OOM-OGPPM/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable respecto del reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, conforme a lo dispuesto en el numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH antes citada;

Que, conforme a los informes técnicos antes mencionados, la propuesta para el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, resulta acorde a lo establecido en el numeral 5 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, por lo que se estima necesario aprobar el referido reordenamiento de cargos;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Decreto Supremo N° 008-2017-SA y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE y sus modificatorias, que aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y la Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad- CPE”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud.

Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, que contiene un total de Dos Mil Doscientos Cuarenta y Siete (2247) cargos clasificados, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial.

Artículo 2.- Publicación.

Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaria General, la publicación de la presente Resolución Secretarial y su anexo en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal Institucional del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa/), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FÁTIMA SORAYA ALTABÁS KAJATT

Secretaria General

1867541-1