Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

FE DE ERRATA

FE DE ERRATAS

DECRETO SUPREMO

N° 007-2020-MINEDU

Mediante Oficio Nº 000564-2020-DP/CM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 007-2020-MINEDU, publicado en la edición del día 30 de mayo de 2020.

DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1476, DECRETO LEGISLATIVO QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA TRANSPARENCIA, PROTECCIÓN DE USUARIOS Y CONTINUIDAD DEL SERVICIO EDUCATIVO NO PRESENCIAL EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, EN EL MARCO DE LAS ACCIONES PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN

DEL COVID-19

Cuarto considerando del Decreto Supremo Nº 007-2020-MINEDU

DICE:

“Que, el numeral 7.4 del artículo 4 del referido Decreto Legislativo, (…)”

DEBE DECIR:

“Que, el numeral 7.4 del artículo 7 del referido Decreto Legislativo, (…)”

Artículo 11 del Reglamento

DICE:

“Artículo 11. Sanción administrativa

Las infracciones establecidas en el numeral 10.1 del artículo 10 del presente Reglamento (…).”

DEBE DECIR:

“Artículo 11. Sanción administrativa

Las infracciones establecidas en el artículo 10 del presente Reglamento (…).”

Numeral 19.2 del artículo 19 del Reglamento

DICE:

“Artículo 19. Resolución final

(…)

19.2 En caso la autoridad decisora determine que no existe responsabilidad administrativa respecto del hecho imputado, dispone el archivo el procedimiento administrativo sancionador; decisión que es notificada al administrado.

(…)”

DEBE DECIR:

“Artículo 19. Resolución final

(…)

19.2 En caso la autoridad decisora determine que no existe responsabilidad administrativa respecto del hecho imputado, dispone el archivo del procedimiento administrativo sancionador; decisión que es notificada al administrado.

(…)”

1867437-1