Delegan facultades resolutivas a la Gerencia de Defensa Civil y la Gerencia de Licencias y Autorizaciones
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 01-2020-DA/MPC
Callao, 23 de abril de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, los Gobiernos Locales se encuentran dentro del ámbito del D.S. Nº 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, conforme a lo previsto en el numeral 5 del Artículo I del Título Preliminar de la indicada norma;
Que, el artículo 6° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que la Alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa;
Que, el último párrafo del artículo 39° de la Ley N° 27972, establece que las gerencias resuelven los aspectos administrativos a su cargo a través de resoluciones y directivas;
Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 000009-2001/MPC, se aprobó el Texto Único de Facultades resolutivas de órganos de primera instancia; se aprobó el modificar e incorporar al Decreto de Alcaldía N° 000009-2001/MPC;
Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 01-2019-DA/MPC, se aprobó delegar funciones en diferentes órganos de la Municipalidad Provincial del Callao;
Que, el numeral 85.3) del artículo 85° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “A los órganos jerárquicamente dependientes se les transfiere competencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses”, en ese sentido es pertinente aplicar los criterios de desconcentración de facultades, todo ello a fin de facilitar la prosecución de los trámites relacionados a los procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Gerencia de Defensa Civil y Gerencia de Licencias y Autorizaciones;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Delegar la facultad resolutiva a la Gerencia de Defensa Civil para resolver en primera instancia las atribuciones que se detallan a continuación:
1.1 Emitir el Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE).
1.2 Resolver los recursos administrativos de reconsideración que se interpongan contra las resoluciones que emita.
Artículo Segundo.- Delegar la facultad resolutiva a la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, para resolver en primera instancia las atribuciones que se detallan a continuación:
2.1 Autorizaciones de Licencia de Funcionamiento.
2.2 Autorizaciones para avisos publicitarios.
2.3 Resolver los recursos administrativos de reconsideración que se interpongan contra las resoluciones que emita.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente Resolución de Alcaldía.
Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS
Alcalde
1867314-1