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Prorrogan plazo para la remisión de comentarios al Proyecto de Procedimiento para el Retiro de Elementos No Autorizados que se encuentren Instalados en la Infraestructura de Uso Público para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones

Prorrogan plazo para la remisión de comentarios al Proyecto de Procedimiento para el Retiro de Elementos No Autorizados que se encuentren Instalados en la Infraestructura de Uso Público para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

Nº 00049-2020-CD/OSIPTEL

Lima, 27 de abril de 2020

MATERIA:

AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA REMITIR COMENTARIOS AL PROYECTO DE PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO DE ELEMENTOS NO AUTORIZADOS QUE SE ENCUENTREN INSTALADOS EN LA INFRAESTRUCTURA DE USO PÚBLICO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES

VISTO:

El Informe N° 00043-GPRC/2020 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se recomienda la ampliación del plazo para presentar comentarios al Proyecto de Procedimiento para el Retiro de Elementos No Autorizados que se encuentren Instalados en la Infraestructura de Uso Público para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, cuya publicación fue dispuesta a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 015-2020-CD/OSIPTEL; con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 015-2020-CD/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano el 27 de febrero de 2020, se aprobó la publicación para comentarios del Proyecto de Procedimiento para el Retiro de Elementos No Autorizados que se encuentren Instalados en la Infraestructura de Uso Público para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones; habiéndose establecido un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de su publicación, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios respecto del referido Proyecto Normativo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se ha declarado el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, por un plazo de quince (15) días calendario, el cual fue ampliado hasta el 10 de abril de 2020, a través del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM y, posteriormente, hasta el 26 de abril de 20201, mediante Decreto Supremo N° 064-2020-PCM;

Que, debido al brote del COVID-19 en Perú, el Estado ha adoptado medidas excepcionales para proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19;

Que, siendo que el plazo para emitir comentarios al Proyecto Normativo venció el 19 de marzo de 2020, las medidas establecidas durante el periodo de vigencia del Estado de Emergencia Nacional no han permitido que los interesados puedan realizar sus comentarios y sugerencias al referido Proyecto Normativo;

Que, conforme a la política de transparencia con que actúa este Organismo Regulador, atendiendo a la coyuntura nacional y de acuerdo a lo expuesto en el Informe de VISTO, se considera oportuno ampliar el plazo para la presentación de comentarios al Proyecto de Procedimiento para el Retiro de Elementos No Autorizados que se encuentren Instalados en la Infraestructura de Uso Público para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, por un periodo adicional de cinco (5) días hábiles;

En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del artículo 75 del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 739;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prorrogar en cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la finalización definitiva del periodo de aislamiento social obligatorio dispuesto por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y sus modificatorias, el plazo establecido en el artículo 3 de la Resolución N° 015-2020-CD/OSIPTEL, para que los interesados puedan remitir sus comentarios al Proyecto de Procedimiento para el Retiro de Elementos No Autorizados que se encuentren Instalados en la Infraestructura de Uso Público para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones.

Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente Resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano.

Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución y el Informe de Visto se publiquen en el Portal Electrónico del OSIPTEL (http://www.osiptel.gob.pe).

Regístrese y comuníquese.

RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ

Presidente del Consejo Directivo

1 Conviene señalar que, si aún no se ha emitido una norma que amplíe dicho plazo, de acuerdo al mensaje del Presidente de la República del pasado 23 de marzo de 2020, el plazo del Estado de Emergencia sería ampliado hasta el 10 de mayo de 2020.

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