Aprueban la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2021 del Sector Ambiental al 2024
Resolución Ministerial
Nº 090-2020-MINAM
Lima, 23 de abril de 2020
VISTOS; el Memorando N° 00319-2020-MINAM/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00070-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM, de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 00139-2020-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como función de los Ministerios, entre otros, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles del gobierno;
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y, asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, establece que los objetivos expresados en los Planes Estratégicos Institucionales – PEI, para su implementación en los Planes Operativos Institucionales – POI, se articulan con los objetivos estratégicos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales – PESEM y otro tipos de planes, según corresponda el tipo de entidad;
Que, asimismo, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD se aprobó la “Guía para el Planeamiento Institucional”, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00016-2019/CEPLAN/PCD cuyo contenido y sus modificatorias son aplicables para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, y establece pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, la propuesta de imagen de futuro del Perú al 2030, y las políticas nacionales, sectoriales y territoriales;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 385-2016-MINAM, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Ambiental 2017-2021;
Que, mediante Oficio Múltiple N° D000012-2019-CEPLANDNCP del 31 de enero de 2019, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento del CEPLAN señala que, con la finalidad de facilitar la elaboración y registro del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020-2022, se ha visto por conveniente y en forma excepcional permitir la ampliación del periodo de vigencia de los planes institucionales, sectoriales y territoriales vigentes, con vencimiento en estos años, así como su respectiva aprobación, para lo cual establece las acciones a realizar por parte de las entidades. En ese sentido, precisa que cuando el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM), al que se articula el Plan Estratégico Institucional (PEI) tiene una temporalidad que no le da cobertura al periodo del PEI, también puede extenderse el plazo de dichos planes.
Que, adicionalmente, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento del CEPLAN por medio del Oficio Múltiple N° D000040-2019-CEPLAN-DNCP del 24 de diciembre de 2019, comunica que, con la finalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2021–2023, se ha visto por conveniente permitir la ampliación del periodo de vigencia de los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), con vencimiento en estos años, y su respectiva aprobación, señalando las acciones que realizarán las entidades;
Que, en ese contexto, mediante Oficio N° 00348-2019-MINAM/SG/OGPP del 27 de diciembre 2019, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, remite al CEPLAN la propuesta de ampliación del PESEM del Sector Ambiental al año 2024, que incluye el sinceramiento de indicadores, desarrollado con la finalidad de ampliar el horizonte del mismo que permita brindar cobertura a los PEI y POI del Sector; solicitando la correspondiente opinión técnica;
Que, con Oficio N° D000126-2020-CEPLAN-DNCP del 12 de marzo de 2020, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, remite el Informe Técnico N° D000002-2020-CEPLAN-DNCPPESEM, en el cual se señala haber verificado que el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2017-2021 del Sector Ambiental ampliado al 2024, cumple con las orientaciones establecidas en el Oficio Múltiple N° D000012-2019-CEPLAN-DNCP y el Oficio Múltiple N° D000040-2019-CEPLAN-DNCP, el cual constituirá un instrumento de planificación sectorial, permitirá brindar cobertura a los planes institucionales de las entidades del Sector, además de mejorar su vinculación; por lo que recomienda, entre otros, continuar con los trámites correspondientes para la aprobación de dicha ampliación;
Que, mediante el Memorando N° 00319-2020-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00070-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM, de la Oficina de Planeamiento y Modernización, remite la propuesta de ampliación del PESEM 2017-20121 del Sector Ambiental al año 2024. Asimismo, precisa que como resultado de la elaboración del “Informe de Evaluación de Resultados Año 2018 del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Ambiental 2017-2021”, precisando que el mismo se ha elaborado en coordinación con el CEPLAN, así como con los órganos del Ministerio del Ambiente y sus organismos públicos adscritos;
Que, con Informe N° 00139-2020-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable aprobar la propuesta de extensión de horizonte temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Ambiental 2017-2021 al 2024;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N’ 002-2017-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2021 del Sector Ambiental al 2024, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que los Organismos Públicos adscritos al Sector Ambiental elaboren y/o adecúen sus respectivos Planes Estratégicos lnstitucionales y Planes Operativos Institucionales, según corresponda, al PESEM del Sector Ambiental 2017-2021 ampliado al 2024, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente el seguimiento y evaluación del PESEM del Sector Ambiental 2017-2021 ampliado al 2024, informando anualmente los avances y logros.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA MUÑOZ DODERO
Ministra del Ambiente
1865866-1