Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) ahora Panam Sports
Resolución Ministerial
N° 0247-2020-MTC/01
Lima, 27 de abril de 2020
VISTOS: El Oficio N° 119-2020-MTC/34 del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y el Memorando N° 0651-2020-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1335, Decreto Legislativo que modifica la entidad a cargo del desarrollo de la infraestructura, equipamiento y las operaciones para los “XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos - Lima 2019”, dispone la transferencia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos, para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, garantizando el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Peruano;
Que, el 11 de octubre de 2013, se suscribe el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para la Organización de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, entre la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) y el Comité Olímpico Peruano (COP), con la intervención de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y del Gobierno Peruano a través del Instituto Peruano del Deporte (IPD), a través del cual se definieron las condiciones bajo las que se realizará la preparación y desarrollo de los referidos Juegos; y, el 14 de setiembre de 2017 se suscribe la Adenda correspondiente al mencionado Acuerdo;
Que, el literal c) de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 004-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para la gestión, mantenimiento, operación, disposición, monitoreo y sostenibilidad de legado de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Parapanamericanos de Lima 2019, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el primer trimestre del 2020, a realizar transferencias financieras a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) ahora Panam Sports y otros organismos nacionales e internacionales así como entidades públicas, con el fin de atender las obligaciones derivadas de la realización de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, por los ingresos por concepto de venta de entradas, licencias de uso y patrocinios; en el marco de los compromisos y obligaciones asumidos por el Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 (COPAL – PERÚ); precisando que, las transferencias financieras autorizadas se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de su oficina de presupuesto, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante el artículo 28 del Decreto de Urgencia N° 029-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la Micro y Pequeña Empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana, se declara la suspensión por treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicado la citada norma, del cómputo de los plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole, incluso los regulados por leyes y disposiciones especiales, que se encuentren sujetos a plazo, que se tramiten en entidades del Sector Público;
Que, por Decreto Supremo N° 007-2020-MTC se modifica, entre otros, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 002-2015-MINEDU que crea el Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, en el ámbito del Ministerio de Educación, modificado por los Decretos Supremos N° 009-2015-MINEDU, N° 017-2018-MTC y N° 008-2019-MTC, conforme a lo siguiente: “créase en el ámbito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el “Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos”, con el objeto de dar cumplimiento a las acciones de mantenimiento, saneamiento físico legal, operación, monitoreo, disposición y sostenibilidad del Legadode los XVIII Juegos Panamericanos y de los Sextos Juegos Parapanamericanos Lima 2019. (…)”;
Que, asimismo, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 007-2020-MTC establece que toda referencia que se haga al Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos Lima 2019 en los dispositivos normativos o actos administrativos que regulan su funcionamiento deben entenderse efectuados al “Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos”;
Que, mediante Oficio N° 119-2020-MTC/34, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos, sustentada en el Informe N° 109-2020-MTC/34.01.03 de su Oficina de Administración, el Memorando N° 177-2020-MTC/34.01.09 e Informe N° 008-2020-MTC/34.01.09/HSSH de su Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 092-2020-MTC/34.01.01 de su Oficina de Asesoría Jurídica, solicita aprobar una transferencia financiera a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA), hasta por la suma de S/ 9 090,90 (NUEVE MIL NOVENTA Y 90/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, por el concepto de pago del veinticinco por ciento (25%) del valor neto de ingresos del contrato de patrocinio suscrito con la Administradora del Jockey Plaza Shopping Center, en el marco de los compromisos y obligaciones asumidos por COPAL - PERÚ;
Que, asimismo, el Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos con Memorando N° 183-2020-MTC/34.01.09 e Informe N° 009-2020-MTC/34.01.09/HSSH de su Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y con Informe N° 095-2020-MTC/34.01.01 de su Oficina de Asesoría Jurídica, en el marco de lo dispuesto por el artículo 28 del Decreto de Urgencia N° 029-2020, sustenta la viabilidad legal del plazo para la expedición de la resolución ministerial que apruebe la transferencia financiera a favor de la ODEPA;
Que, con Memorando N° 0651-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones adjunta el Informe N° 170-2020-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable y propone el proyecto de resolución ministerial que aprueba una transferencia financiera, hasta por la suma de S/ 9 090,90 (NUEVE MIL NOVENTA Y 90/100 SOLES) a favor de la Organización Deportiva Panamericana, señalando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria en el año fiscal 2020, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para ser destinados a los fines del Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar una transferencia financiera con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el año fiscal 2020, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad a lo dispuesto por el literal c) de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 004-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para la gestión, mantenimiento, operación, disposición, monitoreo y sostenibilidad de legado de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Parapanamericanos de Lima 2019;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Aprobar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el año fiscal 2020, a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) ahora Panam Sports, hasta por la suma de S/ 9 090,90 (NUEVE MIL NOVENTA Y 90/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, destinada a los fines señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto asignado al pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, Genérica de Gasto 5-2.4: Donaciones y Transferencias.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo
El Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfieren los recursos.
Artículo 5.- Publicación
Dispóngase la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS LOZADA CONTRERAS
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1865811-1