Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria

Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria

Resolución Jefatural

Nº 0055-2020-MINAGRI-SENASA

24 de abril de 2020

VISTOS:

El MEMORANDUM-0022-2020-MINAGRI-SENASA-OPDI, de fecha 22 de enero de 2020, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional; el MEMORANDUM-0069-2020-MINAGRI-SENASA-PRD, de fecha 1 de abril de 2020, emitido por el Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria; el INFORME-0001-2020-MINAGRI-SENASA-ST-GAVIZCARRA, de fecha 1 de abril de 2020, de la Secretaría Técnica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28874, Ley que regula la publicidad estatal, establece los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión, así como fiscalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos para la contratación de los servicios señalados;

Que, de acuerdo al artículo 2 de la Ley Nº 28874, se entenderá por publicidad institucional a aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias;

Que, el artículo 3 de la acotada Ley establece que, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, para la autorización de realización de publicidad estatal, se deberá contar, entre otros, con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales y con un Proyecto de Presupuesto para llevar a cabo las acciones comprendidas en las campañas;

Que, mediante el MEMORANDUM-0022-2020-MINAGRI-SENASA-OPDI, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, y el MEMORANDUM-0069-2020-MINAGRI-SENASA-PRD, del Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria, se indican los montos de los presupuestos disponibles para financiar las campañas publicitarias del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA en el año 2020;

Que, a través del informe del visto, la Secretaría Técnica del SENASA sustenta la aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 señalando que la institución, como ente rector de la Sanidad Agraria y la Inocuidad Agroalimentaria del país, brinda servicios de calidad a la población, y orienta sus esfuerzos a diseñar acciones para el desarrollo de la agricultura familiar elevando el sector agrario en el marco de un desarrollo sostenible e inclusivo, le corresponde contar con herramientas que permitan difundir y posicionar, en la opinión pública, todos aquellos planes y programas que realiza a nivel nacional;

Que, asimismo, en el informe del visto se indica que resulta necesaria la realización de campañas publicitarias que sensibilicen a la población sobre la inocuidad agroalimentaria, la responsabilidad en el control de la plaga de las moscas de la fruta y su erradicación, las campañas de vacunación contra diferentes enfermedades que afectan el ganado de los pequeños productores, entre otras acciones de competencia del SENASA, por lo que es necesario contar con el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 que permitirá cumplir con los objetivos institucionales;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; en el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, y su modificatoria; y con las visaciones del Secretario Técnico; del Jefe del Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria; de los Directores Generales de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica del Servicio Nacional de Sanidad Agraria la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano, y su Anexo en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.senasa.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL QUEVEDO VALLE

Jefe

Servicio Nacional de Sanidad Agraria

1865744-2