Rectifican la Ordenanza Regional N° 009-2019-RMDD/CR, que aprobó la constitución de la Mancomunidad Regional Amazónica, conformada por los Gobiernos Regionales de Huánuco, Ucayali, San Martín, Loreto, Amazonas y Madre de Dios
ORDENANZA REGIONAL
Nº 003-2020-RMDD/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día lunes 09 de marzo del 2020, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.
Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.
Que, con fecha 08 de noviembre del 2019, se emite la Ordenanza Regional N° 009-2019-RMDD/CR; por la cual, se aprobó la constitución de la Mancomunidad Regional Amazónica, conformada por los Gobiernos Regionales de Huánuco, Ucayali, San Martín, Loreto, Amazonas y Madre de Dios.
Que, se advierte en la parte expositiva de la mencionada norma regional, la comisión de un error involuntario de carácter material, al señalar como “extraordinaria” la sesión de consejo regional en la cual se emitió la ordenanza regional, debiendo decir correctamente: “sesión ordinaria”.
Que, es pertinente manifestar que la corrección del error antes identificado, mediante una Fé de Erratas no prosperó, debido al transcurso de un tiempo mayor al permitido para su publicación en el diario oficial “El Peruano”, que es de ocho días útiles.
Que, la importancia de corregir el dato fallido, responde a la necesidad de adecuar el instrumento normativo a lo previsto por el numeral 1) de su artículo 6° la Ley N° 30804, Ley de la Mancomunidad Regional, en cuanto dispone que la aprobación de la constitución de la Mancomunidad, debe efectuarse en una Sesión Ordinaria de Consejo Regional, debiendo igualmente existir concordancia con el último párrafo de la parte considerativa, por cuanto acertadamente menciona que la Ordenanza Regional ha sido aprobada en sesión ordinaria.
Que, la rectificación de la Ordenanza Regional se ajusta a lo previsto por el artículo 201 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en cuanto también, procede de oficio, la corrección de los actos administrativos que contengan un error material o aritmético, sin alterar el sentido de la disposición legal ni la esencia de su contenido.
Que, la Comisión de Presupuesto y Fiscalización ha emitido el Dictamen N° 001-2020-GOREMAD-CR/CPYF-P, por el cual considera atendible dicha rectificación, en aras de alcanzar coherencia gramatical y conformidad con el ordenamiento jurídico nacional; recomendando al Consejo Regional, emitir la correspondiente Ordenanza Regional, observando las formalidades de la disposición original.
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondientes, con el voto aprobatorio unánime de sus miembros,
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
Artículo Primero.- RECTIFICAR, la parte expositiva de la Ordenanza Regional N° 009-2019-RMDD/CR, emitida con fecha 08 de noviembre del 2019 y promulgada el día 12 del mismo mes y año, en la forma siguiente:
DICE:
“El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día viernes 08 de noviembre del 2019, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional.”
DEBE DECIR:
“El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día viernes 08 de noviembre del 2019, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional.”
Artículo Segundo.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios.
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación.
En la ciudad de Puerto Maldonado, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil veinte.
FÁTIMA PIZANGO SALAZAR
Consejera Delegada
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los trece días del mes de marzo del año dos mil veinte.
LUIS GUILLERMO HIDALGO OKIMURA
Gobernador Regional
1865693-1