FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 008-2020-FMP/CE/SG
Mediante Oficio Nº 110-2020-DE/FMP, el Fuero Militar Policial solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa N° 008-2020-FMP/CE/SG, publicada el día 16 de abril de 2020.
DICE:
“Artículo 1°.- Suspender, con fecha 16 de marzo de 2020, toda actividad jurisdiccional, fiscal y administrativa en el Fuero Militar Policial por quince (15) días calendario.”
DEBE DECIR:
“Artículo 1°.- Suspender, con fecha 16 de marzo de 2020, toda actividad jurisdiccional, fiscal y administrativa en el Fuero Militar Policial por quince (15) días calendario; excepto aquellas relacionadas a detenciones preliminares, prisiones preventivas o resolver la situación jurídica de los detenidos por órdenes de captura u otros similares.”
DICE:
“Artículo 3°.- Suspender, durante el tiempo comprendido en el artículo 1°, el cómputo de los plazos jurisdiccionales y fiscales, restableciéndose los mismos, luego que se normalicen las actividades a nivel nacional. Pudiéndose realizar aquellas diligencias de carácter urgente, tales como audiencias de prisión preventiva con reos en cárcel.”
DEBE DECIR:
“Artículo 3°.- Suspender, durante el tiempo comprendido en el artículo 1°, el cómputo de los plazos jurisdiccionales y fiscales, restableciéndose los mismos, luego que se normalicen las actividades a nivel nacional. Pudiéndose realizar aquellas diligencias de carácter urgente, tales como audiencias de detención preliminar, prisión preventiva o resolver la situación jurídica de los detenidos por órdenes de captura u otros similares”.
1865667-1